El retorno al Plan B de la reforma electoral

Bien sabemos que López Obrador intentó pasar una reforma electoral que fuera claramente favorable a su partido, pero al no contar con una mayoría calificada, sólo pudo presentar cambios a la ley secundaria. Para ello sí contaba con la mayoría suficiente.

Pero resulta que tal reforma alteraba y violaba disposiciones constitucionales, en cuyo caso la oposición pudo presentar una impugnación ante la Suprema Corte, la cual a su vez echó abajo tal reforma al considerar que en efecto violentaba el texto constitucional.

La Corte aún mantenía autonomía y no tenía por qué plegarse a los caprichos y arbitrariedades del presidente.

De ahí que Amlo lanzara la idea de un Plan C: que en 2024 Morena y sus aliados alcanzaran la mayoría calificada para poder, ahora así, implementar una reforma constitucional a modo.

La coalición oficial no logró esa mayoría calificada, pues sólo captó el 54 % de la votación en las urnas. Pero entonces entraron en acción tanto el INE (6 de 11 consejeros) como el TEPJF (4 de 5 magistrados) que decidieron otorgar dicha mayoría calificada a la coalición oficial, defraudando la Constitución.

Y es que el artículo 54 constitucional puede interpretarse literalmente aplicando el criterio de ‘partido’, o de manera integral bajo el criterio de ‘coalición’ a partir del espíritu de esa reforma de 1996 (cuando no había distinción entre partidos y coaliciones).

Cuando hay dos o más criterios aplicables en una resolución, la mayoría del órgano colegiado decide cuál criterio debe aplicarse. Pero resulta que en este caso, bajo cualquiera de los dos criterios posibles, la coalición oficial no lograría la mayoría calificada, pues de haberse aplicado el criterio ‘partido’, en su primer apartado se exige que cada partido (no coalición) haya presentado candidatos en almenos 200 de los 300 distritos de mayoría para hacerse acreedores de diputados plurinominales.

Pero los partidos de la coalición oficial no cumplieron dicho requisito, por lo cual era fundamental interpretar dicho apartado como ‘coalición’ para poderle dar diputaciones plurinominales.

Sin embargo, de haber aplicado ese mismo criterio en el resto del art. 54 constitucional tampoco se hubiera logrado dicha mayoría calificada, pues se pone un límite de 300 de los 500 diputados (es decir el 60 %, no el 66% ni mucho menos el 73 % que finalmente se le otorgó a la coalición oficial).
Un burdo fraude a la Constitución.

Ya con la mayoría calificada (en el Senado se recurrió a la compra y extorsión de algunos senadores para conseguirla), Claudia Sheinbaum pudo presentar la reforma que Amlo anhelaba, pero resulta que en algunos de sus puntos clave afectaba el interés de sus aliados, el PT y el PVEM, por lo que, tras varias negociaciones, no se pusieron de acuerdo.

Todo indica que la iniciativa constitucional no obtendrá los votos necesarios, por lo cual Sheinbaum ha anunciado retornar al Plan B; una reforma secundaria que incluya varias de sus propuestas sin que afecten la Constitución. Morena sí cuenta con la mayoría absoluta para ello, sin el PVEM ni el PT.

Hay ahí tres escenarios:

1- El Plan B en efecto respeta la Constitución y pasa sin problema.

2- El Plan B sí altera la Constitución, pero la oposición por sí misma no tiene el 33 % de votos para hacer una impugnación ante la Corte, pues del 46 % de votos que obtuvo en las urnas, su bancada se le redujo al 27 % de curules. En tal caso, la reforma secundaria, incluso siendo anticonstitucional, sería validada a la mala (“no me vengan con que la ley es la ley”).

3- PVEM y PT unen sus votos al resto de la oposición para exigir que la Suprema Corte revise la posible inconstitucionalidad de la ley secundaria. Pero siendo esa nueva Corte producto del Acordeón, la mayoría de ministros no ve ningún problema en la reforma legal de Morena y la deja pasar.

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