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El juzgado de primera instancia número 11 de Madrid, España, desestimó hoy la demanda de paternidad de María Pilar Abel Martínez para ser reconocida como hija del pintor Salvador Dalí, esto después de que el juez asumiera que las dos pruebas de ADN arrojaron que el artista no es padre biológico de la demandante.

El juez de esta instancia señaló la “temeridad que supuso el hecho de que, una vez que tuvo conocimiento del resultado de la prueba biológica, contundente en sus conclusiones, ni desistió del procedimiento en dicho momento, ni pidió en el acto del juicio oral que compareciera el equipo que realizó la prueba si estaba en desacuerdo con los resultados”.

Además, en la sentencia dictaminada, condenó a Pilar Abel a pagar todas las costas y absolvió al Ministerio de Hacienda y a la Fundación Gala-Salvador Dalí quienes se aferraron a la fiabilidad del “cien por cien” en las pruebas de paternidad, hechas doble vez para evitar sospechas por el Instituto Nacional de Toxicología.

EFE

Pilar Abel al conocer la declaratoria insistió en que la cadena de custodia de los restos del pintor se rompió, y no tenía garantía de que las pruebas hechas hayan sido realizadas con las muestras de Figueres (localidad catalana en donde se encontraban los restos del artista).

Asimismo alegó que tenía la “justicia gratuita” y no tenía como pagar las costas.

Por su parte, el juez en el texto dijo que Abel nunca pidió en el juicio la comparecencia de los profesionales del Instituto Nacional de Toxicología que realizaron las pruebas, a pesar de que en la vista oral manifestó su desacuerdo con las mismas.

Y remarcó que la sentencia no es firme y que se podría poner un recurso de apelación en un plazo no mayor de 20 días ante la Audiencia Provincial de Madrid. Por su parte, el letrado de la demandante, Enrique Blánquez dijo que lo harán.

Blánquez también mencionó la “rareza” de pedir el pago de las costas en un proceso de filiación. Por el momento no hay una cifra de lo que se tiene que cubrir, pero el letrado calcula que asciende a los siete mil euros. Aunque estableció que Abel dispone de un periodo de tres meses para hacerle frente y si se declarara insolvente se condonaría la deuda.

(Con información de El País y Sin embargo)

ess

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