A cinco días de las elecciones, INE ordena suspender transmisión de las mañaneras

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender la difusión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en seis estados donde se celebrarán comicios este domingo.

Esta mañana, en sesión extraordinaria urgente, los integrantes de la Comisión determinaron declarar procedente las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra del Ejecutivo federal, Morena y algunas concesionarias de radio y televisión, por transgredir las reglas de difusión de propaganda gubernamental, el principio de imparcialidad y el modelo de comunicación política.

En ese sentido, la Comisión determinó suspender de inmediato la transmisión, retransmisión y difusión de las mañaneras hasta el próximo 2 de junio, y dar cumplimiento a la transmisión de las pautas de los partidos políticos y candidatos independientes.

La medida aplica tanto a medios públicos como privados, así como las redes sociales y portales de Internet del gobierno federal.

De hecho, según señalaron los comisionados del INE, desde una óptica preliminar, los medios públicos han incumplido con su obligación legal de transmitir los spots pautados por el INE en el horario fijado para ello.

Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas y Puebla, son los estados donde los canales 11, 14, 22 y los otros canales del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano deben suspender las mañaneras debido a que pueden equipararse a propaganda gubernamental y, por tanto, deben ceñirse al límite temporal, consistente en que no pueden difundirse desde el inicio de las campañas electorales y hasta el día de las elecciones. No obstante que desde el 31 de marzo iniciaron campañas en diferentes estados.

“Del análisis integral y contextual al contenido de las conferencias y, bajo la apariencia del buen derecho, se advierte que las mismas tienen como finalidad dar a conocer logros, programas, acciones y obras de gobierno, respecto de temas y cuestiones de distinta índole, lo que puede incluirse dentro de la definición de propaganda gubernamental, conforme a los artículos 4º y 21 de la Ley General de Comunicación Social, que define como campaña de comunicación a aquella que difunde el quehacer gubernamental, acciones o logros de gobierno o estimulan acciones de la ciudadanía para acceder a algún beneficio o servicio”, determinó la Comisión.

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