Tras la sólida respuesta que generosamente y sin ninguna obligación legal le dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la remuneración de sus miembros, ante su notoria ignorancia jurídica Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, tuvo que recurrir a la “moral” y a la “justicia social” (que no había mencionado) para justificarse.
El martes 27 de junio Alcalde, tras las declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia de prensa de ese mismo día, dirigió una carta a la SCJN por una dizque atribución de la dependencia que encabeza para “vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por las autoridades del país”, para que el máximo tribunal le informara acerca del “cumplimiento al artículo 127 constitucional que prohíbe recibir mayor remuneración que el Presidente”.
El mensaje iba acompañado por una fotografía en la que se ve a la secretaría ante una mesa firmando unos papeles. No hizo ni la más mínima referencia a ninguna supuesta “moral” ni mucho menos a una presunta “justicia social”, sino que pretendía soportar su carta por una atribución legal que sólo ella y su equipo imaginan.
En un comunicado de la Segob se señalaba que la solicitud se hacía “conforme al artículo 27, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal” (LOAPF), que, según esa dependencia, la faculta “para vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país”.
Sin embargo, desde el principio los abogados advirtieron que la solicitud de informe que hizo Alcalde (de quien su ficha biográfica en el sitio de la Segob indica que tiene una licenciatura en Derecho por la UNAM y también estudios de maestría en la misma materia en la Universidad de Berkeley) a la SCJN carecía de fundamento jurídico.
Así, por ejemplo, Javier Martín Reyes, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, escribió en Twitter sobre lo dicho por López Obrador y que después fue retomado por Alcalde y la Segob para hacer su solicitud: “El oficio que anunció hoy @lopezobrador_ es un despropósito. La @SEGOB_mx no tiene ninguna facultad para vigilar a la @SCJN. La facultad que citan (art. 27, fr. VII, LOAPF) sólo aplica para la Administración Pública Federal —y no al Poder Judicial—. Una verdadera payasada”.
El especialista reprodujo, además, el primer artículo de la LOAPF en el que se establece cuáles instituciones y organismos integran la Administración Pública Centralizada, en la que de ninguna manera figura la SCJN.
En otro comentario extenso a la solicitud de la Segob, el propio día 27 el constitucionalista Francisco Burgoa, de la Facultad de Derecho de la UNAM, dio una explicación constitucional detallada de la razón por la que los ministros de la SCJN tienen un sueldo más alto que el del presidente, la que se remontaba hasta 2009.
Sin embargo, todo eso lo desconocían la abogada y secretaria Alcalde y su equipo jurídico de la Segob.
En la contundente y sencilla respuesta que dio SCJN a Alcalde y a la Segob, les aclaró lo obvio y que cualquier abogado debería saber: que los preceptos citados por el gobierno no son fundamento jurídico para la petición dirigida a la Corte ya que sólo aplican para la administración pública federal.
Pese a ello, la SCJN afirmó que, en afán de diálogo entre Poderes, la brinda información a la Segob: le refirió un comunicado de 2019 sobre el cumplimiento que ha dado al artículo 127 constitucional (lo desconocían la secretaria y los abogados de la dependencia), además de que le explicó la sentencia, también de 2019, que su Pleno dio sobre el artículo 127 constitucional, por la que definió lo que es una remuneración (no sólo en el salario sino todas las prestaciones en especie), y que ningún servidor público puede percibir una que sea mayor a la del Presidente de la República.
También la SCJN explicó que había declarado la invalidez de varios artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos porque el Poder Legislativo no fijó parámetros objetivos para determinar las remuneraciones. Y remitió a Alcalde a consultar el sitio de transparencia de la Corte para que conozca la información pública de la remuneración integrada que perciben los ministros.
Tras la detallada, amable y generosa respuesta de la SCJN, a Alcalde no le quedó más que escudarse en continuar con su acusación y en la “moral” y la “justicia social”.
Este martes, un día después de la maciza respuesta que le dio la Suprema Corte con referencias constitucionales y legales, en su cuenta de Twitter Alcalde, sin entender mínimamente la respuesta, despachó el asunto acusando que ese tribunal debe ajustar sus salarios a la Constitución y garantizar que ningún funcionario gane más que el presidente. Evidentemente, la secretaria de Gobernación no comprendió ni una letra de lo que el máximo tribunal le explicó acerca de su sentencia en la que definió cómo se integra la “remuneración”.
En su comentario de este martes, ante su notoria ignorancia jurídica (por ejemplo, no citó un solo ordenamiento que incumpla la Suprema Corte sobre el tema), Alcalde concluyó que el asunto “sobre todo, es un asunto moral y de justicia social”.
Ni en el tuit de Alcalde ni en el comunicado de la Segob del 27 de junio se mencionó ni media palabra de la “moral” y la “justicia social”. Ante la evidente ignorancia e incomprensión jurídicas de Alcalde sobre el tema, a la secretaria no le quedó más que recurrir a argucias.
La @SCJN, como máximo Tribunal, debería no sólo ajustar sus propios salarios sino defender el cumplimiento de la Constitución y garantizar que ningún funcionario gane más que el Presidente. Es un asunto jurídico pero, sobre todo, es un asunto moral y de justicia social.
— Luisa Alcalde (@LuisaAlcalde) July 4, 2023