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lunes 14 octubre 2024

Obtiene Nexos suspensión definitiva de las sanciones de la SFP

por etcétera

La empresa que publica la revista Nexos recibió la suspensión definitiva de las sanciones que la Secretaría de la Función Pública impuso en su contra, lo que significa que puede volver a realizar contratos con dependencias públicas de todos los niveles.

La suspensión definitiva fue concedida este 16 de marzo, luego de que el 3 de este mismo mes un Tribunal Federal Administrativo concedió a la empresa una suspensión provisional.

En comunicado de prensa colocado en su sitio web, Nexos, dirigida por el analista Héctor Aguilar Camín, informó sobre la suspensión definitiva de las sanciones impuestas en su contra en agosto de 2020 por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en su contra, por supuestamente presentar información falsa en un contrato de adjudicación directa con el IMSS.

La SFP dijo en ese momento que la empresa Nexos, Sociedad, Ciencia y Literatura, S.A. de C.V había violado la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público “al presentar información falsa en una adjudicación directa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en 2018”.

Los cargos fueron refutados por Aguilar Camín, quien inició un proceso de defensa legal que este martes obtuvo la suspensión definitiva de las medidas punitivas, consistentes en “abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años”, es decir, hasta agosto de 2022.

La revista señala que con la suspensión definitiva de las medidas cautelares impuestas por la SFP, podrá seguir su defensa en las instancias correspondientes, en donde se resolverá el fondo del asunto.

Es decir, que esta suspensión definitiva de la inhabilitación, no es una exoneración de los cargos que le imputa el gobierno, ni tampoco una resolución en contra de la SFP, ya que eso aún está en proceso.

La suspensión de la inhabilitación significa que la empresa puede volver a tener contratos con empresas y dependencia públicas, que debe ser eliminada de la lista de proveedores sancionados y debe quedar exenta del pago de una multa de 999 mil 440 pesos.

Las razones que arguyó la SFP para inhabilitar a la empresa fue que presentó información falsa para obtener un contrato de publicidad con el IMSS.

El 3 de marzo, luego de obtener la suspensión provisional, Aguilar Camín declaró al diario El Universal, que esto es el inicio de un juicio contra la SFP. Ello, debido a la dependencia impuso las sanciones sin haber interpuesto un juicio administrativo, que es lo que la ley mandata.

“Estamos al principio de un juicio. Antes de empezar a juzgar el fondo del litigio, el Tribunal ha decidido simplemente suspender provisionalmente las sanciones; no se está pronunciando a favor o en contra, simplemente está suspendiendo cautelarmente las sanciones que nos había impuesto la Función Pública”.

“Lo que el Tribunal está haciendo es suspender el efecto de las sanciones mientras termina el juicio. Es un juicio que puede durar entre 8 meses y un año y medio, y las sanciones tenían una duración de dos años”.

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