Senador Luis Armando Melgar propone nueva ley del mercado publicitario para suplir la abrogada en 2023 

A poco más de un año de abrogada por la Suprema Corte la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, los senadores del Partido Verde, Luis Armando Melgar y Virgilio Mendoza, anunciaron que enviarán una nueva iniciativa de ley, con el mismo nombre y objetivo, aunque buscando mayores consensos con los actores involucrados.

En comunicado de prensa emitido por el instituto político, los senadores informaron que buscarán que nuevamente exista una ley que regule el funcionamiento del mercado publicitario, para evitar distorsiones y abusos, como cobros dobles realizados por las agencias de medios, así como criterios poco transparentes para la comercialización de los espacios. 

Ambos senadores chiapanecos dijeron que la nueva iniciativa, que será presentada en breve ante comisiones del Senado, busca “corregir  los errores del anterior marco legal” para que se puedan “eliminar prácticas abusivas y establecer reglas claras que fortalezcan la confianza en el sector”. 

Antes, en conferencia de prensa realizada el pasado 6 de noviembre en el Senado, Mendoza y Melgar anunciaron que realizarán acercamientos con los actores involucrados para buscar el mayor consenso posible.  

Mendoza dijo que “con esta nueva ley se pretende regular este campo tan importante, ya que la ley que se aprobó el 3 de junio de 2021 y que entró en vigor el 1 de septiembre de 2021 fue abrogada por la SCJN”. Agregó que “pretendemos volver a presentar esta ley que regule a los diversos medios, las empresas de publicidad y los contratantes”. 

A pregunta expresa de un periodista, Melgar aclaró que esta iniciativa no tiene relación con la regulación de publicidad oficial, un tema también pendiente. “No nos meteremos a ese punto”, dijo. 

“Esta iniciativa va a tener otros componentes … vamos a enfocarnos en la transparencia y en evitar las malas prácticas… aquí nos referimos a la intervención de las centrales de medios que interceden o son intermediarios y generan una serie de prácticas que no son transparentes de cara al anunciante ni de cara al público”, aseveró. 

Y defendió la pasada ley, la abrogada el año pasado: 

“En el 2021 se hizo un esfuerzo porque existiera una ley que evitara las malas prácticas, que evitara los abusos en materia de contratación de publicidad. Cuando la SCJN, como ya sabemos cómo son los manejos, se mete a abrogar esta ley que había sido un esfuerzo de varios senadores se pierde esa oportunidad para generar esa transparencia que se quería”.  

Señaló que avanzarán con celeridad, esperando que el tiempo “nos alcance de aquí a antes del 15 de diciembre” para que el dictamen se debata y vote en el Pleno.  

Se recordará que, en 2021, la pasada Legislatura aprobó la mencionada ley, que entre otras cosas, prohibía a las agencias de medios cobrar al anunciante por el espacio y al mismo tiempo, cobrar al medio de comunicación por venderlo, así como acaparar espacios publicitarios muy solicitados para su posterior reventa a mayor precio, entre otras prácticas. 

En 2023, en atención a una impugnación, la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la ley (en enero) y después, en septiembre, ordenó su abrogación por vicios en el proceso legislativo, pues fue presentada, discutida y aprobada en tan solo un día (el 29 de abril de 2021 en la Cámara de Senadores) y al siguiente día en la de Diputados. Fue publicada por el Ejecutivo el 3 de junio y entró en vigor el 1 de septiembre de 2021. 

La ley tenía como objeto declarado evitar prácticas comerciales que dieran ventaja indebida a personas, empresas o entidades determinadas, en perjuicio de empresas, dependencias de gobierno y consumidores. 

El senador Melgar adelantó que “recibiremos en el Senado a diversos actores clave de la industria, con el fin de propiciar un intercambio de perspectivas sobre este importante proyecto”. 

Insistió en la importancia de la regulación en el sector, puesto que la falta de control de las relaciones financieras entre agencias y anunciantes han afectado la competitividad de la industria publicitaria.  

“Queremos un entorno publicitario donde la equidad, la transparencia y la seguridad jurídica sean la norma, beneficiando tanto a los actores involucrados como al consumidor final”. 

De acuerdo con la resolución del 8 de septiembre de 2023, la SCJN fallo que la pasada ley debía ser abrogada por violaciones al procedimiento legislativo, “específicamente al principio de deliberación informada y democrática, así como a los derechos que asisten a las minorías parlamentarias”.  

Señala la sentencia de la Corte que “el procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria en condiciones de libertad e igualdad, ya que no se permitió tanto a las mayorías como a las minorías parlamentarias expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública”. 

Además, “las votaciones se dieron sin un conocimiento oportuno e informado de los respectivos dictámenes” y se le quitó a un senador el derecho para expresar su voto.  

En enero de 2023, etcétera documentó que la SCJN concedió un amparo contra esta ley, “entre cuyas principales disposiciones están la de que las agencias de medios no pueden comprar espacios publicitarios y posteriormente revenderlos, además de que cualquier descuento que obtengan por ello debe ser transferido al anunciante”. 

La ley fue impugnada por grandes agencias de publicidad y grandes medios del país. También encontró el desacuerdo de la Comisión Federal de Competencia Económica, que solicitó su invalidación desde julio de 2021, antes de ser promulgada.  

En el amparo concedido por la SCJN en enero de 2023 se falló que la ley contravenía la Constitución al intervenir las transacciones comerciales entre particulares, que deben ser libres.  

“Las relaciones comerciales deben ser transacciones libres en las que las partes contratantes ejerzan su voluntad con autenticidad, sin que sobre esos acuerdos libres puedan imponerse conductas de ninguna naturaleza, ni mucho menos ser intervenidos por terceras personas, incluido el Estado”, decía el fallo.  

Sin embargo, ya en la sentencia de septiembre, la Corte no se pronunció sobre el tema de la libertad comercial, sino que consideró que los meros vicios legislativos eran suficientes para invalidar la ley, por lo que ya no se entró al fondo del asunto.

ofv

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