jueves 04 julio 2024

TEPJF enmienda la plana al INE: ordena a AMLO eliminar videos donde llama a votar por la 4T 

por etcétera

Por cinco votos a favor, el TEPJF, aprobó el proyecto que ordena al presidente Andrés Manuel López Obrador eliminar los videos y versiones de la mañanera donde llama a votar “por la transformación” y en contra de los “conservadores” para el 2024, en el marco de lo que él llama “Plan C”. 

El proyecto de la magistrada Janine Otálora fue aprobado en la Sala Superior, corrigiendo la resolución emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que determinó que el presidente no estaba afectando la equidad de la contienda electoral y resolvió no aplicar medidas cautelares. 

Esta resolución fue posteriormente defendida por la dirección del INE, que justificó la decisión tomada por los consejeros Rital Bell y Jorge Montaño. Con el fallo del TEPJF, el fallo del INE queda revocado. 

Así, las medidas cautelares solicitadas por el PAN y PRD fueron concedidas, por considerar que se afecta la neutralidad e imparcialidad de la contienda electoral, no solo de 2024, sino de este año.  

El tribunal dio a la presidencia de la República 24 horas para el retiro de los materiales, a partir de la notificación oficial.  

“Los hechos denunciados pudieran ser contrarios a las disposiciones constitucionales, en razón de que aparentemente se está solicitando votar por determinados institutos políticos, así como no votar por otras opciones políticas que son de índole electoral”, dice el proyecto. 

Este tipo de llamados no corresponden con el ejercicio de comunicación, transparencia y rendición de cuentas que alegadamente son las conferencias mañaneras.  

Así, “se apercibe al titular del Ejecutivo Federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares confirmadas en esta ejecutoria, la Comisión de Quejas podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas () El INE queda facultado para tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo ordenado por esta determinación”- 

Para garantizar que se cumpla la Constitución, y ante el riesgo de que las conductas denunciadas se repitan, se considera necesario justificado y proporcional el dictado de una medida precautoria bajo la figura de tutela preventiva, en el sentido de vincular al presidente de México se abstenga de realizar expresiones y declaraciones de índole electoral”. 

 Agrega que “las temáticas de las manifestaciones que realizó el presidente fueron en reacción a la resolución de la SCJN, por lo que pidió que en la próxima elección no sólo se vote por el candidato a presidente, sino votar por los legisladores para que la transformación cuente con mayoría calificada. Hizo énfasis en que, para continuar con la transformación, las pensiones para los adultos mayores, o que siguiera la corrupción, clasismo, racismo, discriminación, entrega de los bienes de la Nación a particulares y a extranjeros, los altos salarios de servidores públicos, medios de comunicación manipulados o periodistas millonarios”. 

Sin embargo, se recordará que ante las críticas, AMLO negó haber violado la ley electoral, porque según él, nunca mencionó por su nombre a ningún partido político o candidato, aunque ello no fue necesario, ya que sus alusiones fueron muy claras y el TEPJF fue de dicha opinión.

 *ofv

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