El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sí puede intervenir en el caso de Alejandra Barrales y su insistencia de permanecer al frente del PRD y ejercer el cargo de senadora, pese a los estatutos del propio partido.
Este jueves, Barrales Magdaleno anunció su regreso al Senado de la República pero sin renunciar a la dirigencia del partido, lo cual viola el artículo 111 de los estatutos del PRD disponibles en su página de Internet.
En entrevista para etcétera, el asesor del Instituto Nacional Electoral (INE), Luis Miguel Carriedo, explicó que el TEPJF sí puede intervenir en este caso y determinar que Alejandra Barrales está violando los estatutos de su partido.
Detalló que previo al pronunciamiento del Tribunal, los militantes que estén inconformes con el hecho deberán agotar todos los recursos posibles ante las instancias internas, en los tiempos correspondientes, tal como señala el artículo 47 de la Ley General de Partidos Políticos.
Una vez agotadas las instancias partidistas, y en caso de no resolverse el caso, Carriedo precisó que el Tribunal, mediante queja, puede analizar el tema de fondo y determinar si Alejandra Barrales viola los estatutos de su partido y debe dejar la dirigencia.
El asesor del INE aclaró que el Tribunal no puede ordenar a la Mesa Directiva del Senado que no permita el regreso de la senadora, ni tampoco puede quitarle su cargo como presidenta del PRD, sino que simplemente le notifica al partido la violación de uno de sus estatutos.
Cabe señalar que si los órganos internos del partido no resuelven las impugnaciones en los tiempos establecidos, los militantes también pueden acudir al TEPJF.
Hasta el cierre de esta nota, ningún perredista ha notificado si ya impugnó la decisión de Barrales Magdaleno ante algún órgano partidista o judicial.
mahy

