viernes 15 noviembre 2024

El PRD inicia juicio contra decreto de AMLO sobre tiempos de radio y TV

por etcétera

Por afectación a sus prerrogativas, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un juicio contra el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que recorta los tiempos fiscales de los concesionarios de radio y televisión.

El pasado 23 de abril fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto del presidente en el que se autorizó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recibir el pago de tiempos fiscales de los concesionarios de estaciones de radio y televisión.

Con esa medida los tiempos fiscales fueron reducidos en cada medio de comunicación: en radio pasaron de 35 a 21 minutos, mientras que en televisión de 18 a 11 minutos, en horarios entre las 6:00 y las 24:00.

En el decreto, que entrará en vigor el 15 de mayo, también se establece que en caso de incumplimiento de televisoras y radiodifusoras de los tiempos de transmisión, “el impuesto será cubierto de acuerdo con las disposiciones fiscales relativas al pago de contribuciones y, en su caso, se exigirá a través del procedimiento administrativo de ejecución, sin perjuicio de las demás acciones que procedan”.

Según la Ley General de Comunicación Social, de los tiempos fiscales al Poder Ejecutivo le corresponden 40 por ciento, 30 al Legislativo, 10 al Judicial y el resto a los organismos autónomos.

Reforma informó que tal decreto fue denunciado por el PRD mediante un documento firmado por Camerino Márquez, integrante de su Dirección Nacional Extraordinaria. En el texto se acusa como inconstitucional el decreto, además de que afecta las prerrogativas del partido, las de la autoridad electoral y otros organismos gubernamentales.

Dice así: “Es evidente que dicho decreto da la posibilidad a los concesionarios de radio y televisión de pagar a partir del 15 de mayo del presente año sus contribuciones hacendarias con once minutos diarios en estaciones de televisión y con veintiún minutos diarios en las estaciones de radio, determinación que afecta las prerrogativas del Partido de la Revolución Democrática dado que la bolsa que se distribuía antes de la emisión del Decreto consistía en dieciocho minutos en televisión y treinta y cinco en radio”.

En el escrito se alega que el decreto de López Obrador viola los siguientes artículos constitucionales: 14, 16, 17 y 41.

Además solicita a la Sala Superior del TEPJF “declarar la falta de personalidad que tiene el Presidente de la República Mexicana para emitir un decreto que afecta gravemente la competencia exclusiva de la administración de tiempos de radio y televisión como prerrogativa a que tienen derecho los partidos políticos en época no electoral”.

El presidente anunció su decreto el 3 de abril, bajo el argumento de que sería una forma de apoyar a concesionarios de radio y televisión pues podrían comercializar los tiempos por la disminución de sus ingresos, además de que el gobierno no necesita propaganda.

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