Un juez federal con sede en la Ciudad de México ordenó a la plataforma Infodemia MX evitar hacer publicaciones en contra del periodista Ignacio Gómez Villaseñor, y evitar de esta forma, que se le estigmatice y se inhiba su trabajo; el fallo también incluye que se difunda información distorsionada sobre su persona.
Cabe recordar que Gómez Villaseñor, especialista en temas de seguridad informática, interpuso un amparo luego de presentar una denuncia en contra de la plataforma Infodemia MX; el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR), del cual depende dicho instrumento, así como contra su titular, Jenaro Villamil.
En su demanda, el comunicador señaló a los demandados de desacreditar sus investigaciones sobre hackeos a los sistemas informáticos de diferentes dependencias, al calificarlas como falsas, aun cuando están plenamente sustentadas con elementos científicos y aun cuando él les hizo llegar dichas pruebas, nunca se desdijeron ni le ofrecieron disculpas. Su denuncia se hizo extensiva a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, por no tomar las medidas necesarias ante estos hackeos, pese a que sus trabajos periodísticos advirtieron a tiempo de lo sucedido.
El impartidor de justicia Martín Adolfo Santos Pérez, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, señaló que esta resolución solo tendrá vigencia en tanto se resuelve de fondo el amparo interpuesto por el denunciante.
Para tomar su decisión, el juez ordenó llevar a cabo una inspección judicial sobre las publicaciones de SPR a través de Infodemia MX; la conclusión fue que la plataforma ha difundido mensajes institucionales de descrédito contra el trabajo periodístico de Gómez Villaseñor, lo cual inhibe la libertad de expresión.
“En la inspección judicial realizada sobre las publicaciones difundidas por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, a través de la página de internet ‘Infodemia MX’, se advierte que se emplea de manera destacada la expresión ‘FALSO’ respecto de publicaciones realizadas por la parte quejosa, así como taches encima del usuario de la red social X perteneciente al quejoso, recursos que no sólo confrontan o desmienten la información difundida, sino que proyectan ante la audiencia un mensaje institucional de descrédito y señalamiento público respecto de su labor periodística, lo cual, genera una afectación a la libertad de expresión, al constituir formas de presión o desincentivación institucional que, sin prohibir directamente la actividad informativa, sí pueden producir un efecto inhibidor en el ejercicio periodístico”, indica la resolución, difundida por la revista Proceso.
En el expediente del caso se indica que se tenía prevista una audiencia programada para el pasado 22 de abril, pero el SPR mostró el acta de la inspección judicial que resultó en su contra en el incidente de suspensión, y hasta el momento no ha señalado nueva fecha para la diligencia, en la cual se deberán analizar los alegatos tanto del periodista quejoso como de SPR y de la Agencia Digital, como autoridades responsables, así como las manifestaciones del Ministerio Público federal y las pruebas aportadas por ambas partes. Concluida esta fase se ordenará enviar el expediente a resolución donde dará a conocer su decisión final sobre el caso.
Sin embargo, se trata de una resolución inédita en su tipo en la se pronuncia sobre el impacto que tienen las publicaciones de Infodemia MX en el ejercicio de la libertad de expresión por parte de los periodistas.
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