El presidente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, pudo haber violado la Ley General de Partidos Políticos al haber recibido apoyo de una asociación religiosa, esta semana, durante una visita en Torreón.
Este martes, etcétera difundió un video en el que aparece el excandidato presidencial siendo “bendecido” por integrantes de una asociación religiosa, quienes rezaban para que ganara la Presidencia en las próximas elecciones.
Con este acto, López Obrador pudo violar el inciso I del artículo 25 de la ley referida que señala que los partidos políticos deben “rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de culto de cualquier religión”.
El inciso también menciona a las “asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias y de cualquiera de las personas a las que las leyes prohíban financiar a los partidos políticos”.
Aunado a ello, el inciso P indica que los partidos deberán “abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda”.
La norma electoral establece que sólo mediante el trámite de una queja se puede determinar si efectivamente Morena promovió el acto de “bendición” de su presidente, pero con el simple hecho de no deslindarse estaría incurriendo en la violación del inciso I del artículo 25.
Entre las sanciones que contempla el artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales está: una amonestación pública, multas de hasta 10 mil salarios mínimos; la reducción del 50% del financiamiento público, o la interrupción de propagando política.
Hasta el momento, ni López Obrador ni Morena han hecho algún pronunciamiento al respecto.