lunes 08 julio 2024

Choque en Línea 3, por acto doloso y negligencia del conductor: FGJCDMX

por etcétera

El choque de trenes del Metro ocurrido el pasado sábado 7 de enero, que resultó en una joven muerta y más de 100 personas lesionadas, fue producto de daños provocados deliberadamente en cables y de la conducción negligente de uno de los convoyes, informó la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

En conferencia de prensa realizada este viernes, Ulises Lara, vocero de la Fiscalía capitalina, explicó que las investigaciones sobre lo ocurrido el 7 de enero llevaron a la conclusión de que se debió, primeramente, a “la quema y corte doloso de los cables ubicados en dos registros de conexión que contienen cableado eléctrico de comunicaciones, señalización y pilotaje automático en la estación Potrero en sus costados oriente y poniente”.

También se debió, dijo Lara, a “la conducción negligente del tren número 24, que no respetó las medidas de conducción en modo de seguridad, que significa no rebasar los 35 kilómetros por hora, lo que asegura que, ante cualquier eventualidad, el conductor pueda responder y evitar accidentes garantizando reacciones adecuadas con la distancia y tiempo suficientes en forma segura”.

Añadió que desde el 6 de enero por la noche fue reportada al Puesto de Control Central una falla en la señalización en el túnel, la que afectaba indicaciones que regulan el avance de los trenes. A las 00:00 horas de la noche del 7 de enero el equipo de la Gerencia de Mantenimiento Técnico detectó “enorme daño material causado por la quema deliberada de cables en uno de los registros ubicados en la zona oriente de la estación Potrero, por lo que determinaron que la normalización del servicio llevaría el tiempo equivalente a varios turnos de trabajo. Derivado de las averías en el sistema de señalización y con el fin de no interferir en la prestación del servicio, el Puesto Central de Control estableció, tomando como base los manuales técnicos de operación, la marcha de seguridad para la circulación de los trenes”.

Señaló que el conductor del tren 24 lo llevaba a 45 kilómetros por hora hasta el momento del impacto, y añadió que “no existe evidencia de que realizara frenado de emergencia o alguna otra maniobra para detener el tren”, pese a que ya sabía de la medida de marcha de seguridad.

“En conclusión: se determinan como dolosos los actos realizados en los registros de conexión de cableado eléctrico que, mediante el uso de fuego y herramientas, afectaron gravemente el suministro de energía, comunicaciones, señalización y pilotajes automáticos que pusieron en riesgo la operación de la Línea 3 del Metro en ambas vías del tramo correspondiente entre las estaciones Indios Verdes-La Raza, por lo que se inició una carpeta de investigación por el delito de daño doloso a vías de comunicación en contra de quien resulte imputable”.

Agregó que lo anterior puede derivar en el delito de sabotaje.

Asimismo, resaltó que el conductor del tren 24 “no se apegó a los lineamientos contenidos en sus manuales técnicos, excedió el límite de velocidad en conducción manual restringida y cambió a conducción a pilotaje automático cuando está prohibido en marcha de seguridad. No se comunicó en ningún momento al Puesto de Control Central para notificar el cambio de tipo de conducción y no realizó ninguna maniobra para detener el tren y evitar el hecho”.

“Por lo anterior, se procedió a la judicialización y cumplimentación de la orden de aprehensión por la posible comisión de los delitos de homicidio y lesiones, ambos culposos, en contra de Carlos Alfredo ‘N’, conductor del tren 24”, dijo Lara.

Acerca de lo ocurrido el 15 de enero en la estación Polanco, donde se desacoplaron dos vagones, la Fiscalía encontró que un tornillo fue objeto de maniobras para provocar un incidente grave en la operación del Metro. También hubo manipulación dolosa, por lo que se inició una carpeta de investigación por daño doloso en vías de comunicación.

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