El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) presentó ayer su informe “Discriminación Laboral hacia la Mujer en la Ciudad de México. Despido por Embarazo” en el que se informa que, de 2013 a 2015 han documentado más de 160 mujeres embarazadas o en periodo postparto que han denunciado discriminación laboral por el simple hecho de estar embarazadas o por tratar de gozar de los derechos de protección a la maternidad en el trabajo.
De acuerdo con el informe, en el año 2013 las denuncias recibidas en el COPRED de mujeres que habían sido despedidas por su embarazo fueron del 33.33% del total, mientras que en 2014 representaron el 48.19%, y en lo que va del 2015 ascienden al 35.38% de los casos.
En el documento presentado ayer, se recogen los testimonios de la realidad que viven las madres trabajadoras discriminadas que han visto vulnerarse sus derechos, en sus diversos ámbitos de trabajo: empresas, establecimientos mercantiles, fábricas, talleres, despachos, consultorios, estéticas, restaurantes, tienditas, veterinaria, panaderías, empresas transnacionales, hospitales, escuelas, por sólo mencionar algunos; así como en sus diversas labores y profesiones: secretarias, asistentes contables, trabajadoras del hogar, afanadoras, recepcionistas, licenciadas, etcétera.
El informe aclara las sanciones a las que son objeto las personas que discriminen laboralmente a las mujeres embarazadas o en periodo de postparto, ya que los empleadores que las despidam o las obliguen a renunciar, o bien, les niegue sus derechos comete un delito. La penalización al respecto es de uno a tres años de prisión, o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad, o multa de 50 a 200 días, quedando claro que la conducta discriminatoria no se anula con el pago justo de la liquidación, pues el motivo de la pérdida del trabajo prevalece.
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