Las filiales de MVS Comunicaciones, Stereo Rey México y MVS Net, desistieron del amparo presentado en el juicio contra Carmen Aristegui de la sentencia dictada por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil de la Ciudad de México.
Por lo anterior, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó la sentencia del citado tribunal que señala que la conclusión del contrato entre MVS y Carmen Aristegui fue ilegal e indebida al considerar que no existió una razón válida para terminarlo.
Según el portal de la propia comunicadora, el fallo, emitido en junio del 2018, también ratifica que el contrato entre las partes sigue vigente, debido a que no existió causa justificada ni razón válida para que la empresa lo cancelara de manera arbitraria.
El año pasado, los magistrados Roberto Ramírez Ruiz, Fernando Alberto Casasola Mendoza y Elisa Macrina Álvarez Castro concluyeron que Aristegui Flores no falsificó información sobre su persona y que no hubo violación a los derechos de autor de Noticias MVS por la difusión de contenidos periodísticos en el portal electrónico Aristegui Noticias, como lo alegó la empresa.
Asimismo, según la sentencia, MVS Comunicaciones no respetó el derecho de audiencia de tres días que estaba previsto en una cláusula del contrato; por lo que la cancelación se dio de manera indebida.
Toda vez que las filiales se desistieron de continuar con el juicio, esta sentencia es definitiva. Queda pendiente otra resolución en la Suprema Corte por el juicio por daño moral contra Joaquín Vargas.
También fue el Séptimo Tribunal Colegiado el que determinó, el año pasado, que Carmen Aristegui excedió el ejercicio de su libertad de expresión al dañar los derechos de honor del dueño de MVS Comunicaciones, por el contenido vertido en el prólogo del libro La Casa Blanca de EPN, misma que fue apelada por la comunicadora ante la SCJN, su último recurso legal.