El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) discutirá nuevamente si el expediente del caso Tlatlaya debe ser información clasificada por al menos dos años, o hasta que concluyan los procesos legales.
En un comunicado de prensa, el INAI informó que la decisión se da luego de desistirse del recurso de revisión que interpuso contra la sentencia dictada por el Juez Primero de Distrito con relación a un amparo que inició un inconforme con la reserva de información.
El pasado 24 de junio, el INAI determinó que la información de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) respecto a Tlatlaya debe permanecer como clasificada ya que el caso no implica violación a derechos humanos.
Un particular promovió un juicio de amparo en el juzgado referido, quien le otorgó el recurso. Posteriormente, el INAI pidió una revisión de la resolución del juez, mismo que fue desechado ayer por el pleno en el Proyecto de Acuerdo ACT-PUB/13/01/2016.06.
Por ello, el pleno deberá discutir nuevamente si la información sobre la presunta ejecución de 22 delincuentes en el Estado de México, en 2014, debe ser pública o clasificada, incluyendo los juicios a los militares acusados de indisciplina militar.
Al respecto, el comisionado Javier Acuña Llamas expuso que aunque no comparte la sentencia del juez, “su planteamiento hoy representa una postura mucho más favorable al hoy recurrente, al brindar una visión garantista, novedosa, que aporta nuevos elementos para modificar” la resolución.
En este tenor se expresó la comisionada Areli Cano Guadiana quien señaló que el desistimiento del recurso de revisión “brinda a este instituto la oportunidad de analizar y considerar qué ruta vamos a seguir para la mejor tutela del derecho de acceso a la información”.
En contraparte, la comisionada Ximena Puente, quien votó en contra, resaltó la responsabilidad del INAI para definir la transparencia de los documentos oficiales.
“Siempre ha sido la labor de este instituto recurrir todas las sentencias de primera instancias, esto no sólo para salvaguardar la voluntad expresada en el pleno en las resoluciones que se toman sino para que exista la posibilidad de que se emitan criterios, tesis o en su caso jurisprudencia”.
Cabe señalar que aunque el INAI desistió del recuso, ni la PGR ni la Sedena hicieron lo mismo por lo que sus juicios de revisión prosiguen.
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