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El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de hacer propaganda gubernamental y de hacer expresiones que puedan influir en las preferencias electorales de los ciudadanos.

En su reunión de ese viernes, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE encontró procedente dictar las medidas cautelares contra el presidente tras el análisis de una serie de conferencias de prensa del presidente realizadas entre el 5 de abril y el 26 de mayo, en el que encontró que cuando menos en 80 por ciento de ellas López Obrador realizó expresiones de propaganda gubernamental o difusión de información que puede influir en las preferencias electorales.

Debido a lo anterior, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE consideró que hay una base cierta y objetiva que permite considerar la inminente continuación o repetición de esos actos en los días que vienen.

Esa conducta reiterada del presidente constituye una violación a los artículos 41 y 134 de la Constitución, así como a los criterios que al respecto ha establecido la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por ello y mientras transcurren las campañas de los procesos electorales federal y locales, los integrantes de la Comisión, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Ciro Murayama, determinaron que es necesario emitir las medidas cautelares en la modalidad de tutela preventiva.

Así fue como se ordenó a López Obrador no difundir logros de gobierno, obra pública, programas sociales y beneficiarios, además de emitir opiniones de carácter electoral.

Lo anterior fue denunciado por el Partido Acción Nacional, que también acusó el incumplimiento de la pauta de promocionales ordenada por el INE en que incurrieron los canales transmitidos por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, los canales 11, 14 y 22. Debido a ello también solicitó la suspensión de las conferencias de prensa presidenciales y su difusión en internet hasta el próximo 6 de julio.

Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias no consideró esa suspensión porque las conferencias de prensa no contraviene ninguna disposición jurídica, ni tampoco que se dejen de difundir en sitios de internet oficiales.

Es el tercer día consecutivo en el que la conducta propagandística del presidente López Obrador es sancionada por las autoridades: apenas el pasado miércoles la Sala Superior del TEPJF determinó que incurrió en violaciones a la ley por la propaganda gubernamental que realizó durante su acto por los 100 días del tercer año de su gobierno.

Apenas ayer la Sala Regional Especializada del TEPJF también consideró que en su conferencia de prensa del pasado 9 de abril, el presidente emitió propaganda gubernamental en periodo electoral, durante el cual está prohibida.

Sobre la determinación de la Sala Superior del TEPJF, López Obrador comentó en su conferencia de prensa del jueves: “Imagínense, si informar es violar la Constitución”, y reclamó: “¿Cómo?, ¿y mi derecho a la libertad? ¿Qué es lo más importante? La libertad. Pero, además, si yo estuviese llamando a votar o apoyando candidatos o utilizando los recursos con esos propósitos… Yo creo que viola la Constitución el que actúa de manera antidemocrática y, como decía un buen periodista en mi tierra, ahí queda eso”.

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