Al periodista Raymundo Riva Palacio le fue concedido, en definitiva, el recurso de amparo ante las diversas afectaciones a su honor y vida privada perpetradas en su contra desde las conferencias mañaneras del expresidente Andrés Manuel López Obrador, en particular en la sección “Quién es quién en las mentiras”, que encabezada Elizabeth García Vilchis.
Este viernes 13 de diciembre, en sesión de tribunal de circuito, el magistrado Fernando Silva presentó a su pares un proyecto para conceder el amparo que Riva Palacio solicitó el año pasado y que posteriormente le fue revocado tras apelación del gobierno federal.
Fernando Silva es magistrado del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y ha participado en un par de ocasiones en las llamadas “mañaneras judiciales” en donde juzgadores dan información sobre la labor del Poder Judicial, ante los continuos ataques recibidos desde el poder Ejecutivo.
Al dar lectura al proyecto de sentencia, que fue aprobado por unanimidad, Silva dijo que la creación de la mencionada sección de las mañaneras, así como las denostaciones de AMLO contra Riva Palacio, “transgreden el principio de legalidad y los derechos humanos del periodista promovente”.
Añadió que la libertad de expresión que goza la persona titular del Ejecutivo no le faculta o autoriza a afectar los derechos humanos de los periodistas críticos del gobierno.
Se recordará que en el primer día de la sección encabezada por Vilchis fue el 30 de junio de 2021. Ahí, la exvocera “instituyó” un supuesto premio llamado “El Pinocho de la Semana” que le fue “concedido” a Raymundo Riva Palacio por haber compartido un dato falso sobre la Guardia Nacional.
Riva Palacio fue frecuentemente agredido por AMLO y Vilchis en las mañaneras, junto con otros periodistas, Carlos Loret de Mola el que más, sobre quienes el expresidente se cebó, en desquite por la labor periodística crítica a su gobierno.
El proyecto del magistrado Silva indica que “las libertades de pensamiento, de prensa, de expresión e información impiden que el Ejecutivo instale sistemas de comunicación gubernamental basados en la distorsión de la realidad para difundir información sesgada, selectiva o falsa porque esto crea un ambiente de desinformación que afecta la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones informadas en una democracia”.
Enfatizó que “la acción del gobierno de atacar a periodistas críticos en una plataforma diseñada con recursos públicos mediante la difusión de datos personales, verdades a medias e insinuaciones de amenaza es un acto de intimidación institucionalizada y abuso de poder que afecta la libertad de prensa”.
Aclaró que los poderes públicos tienen facultades para organizar estas conferencias, pero que en ellas se debe respetar “el principio de legalidad, los derechos humanos de los periodistas críticos del gobierno y los principios de veracidad, neutralidad, réplica y objetividad que rigen el derecho a la información pública”.
En conclusión, agregó, “en el proyecto se propone conceder al quejoso el amparo frente a la conferencia de prensa del entonces presidente López Obrador en las partes en que afectaron el honor, los datos personales, la vida privada y la libertad de prensa del periodista”.
Y, aún cuando el gobierno ante el que se da el amparo ya terminó, la sentencia representa un precedente jurídico valioso.
Es de destacar que Riva Palacio fue el único periodista que se amparó contra los actos en su contra desde las mañaneras. En enero de este año, el columnista obtuvo una primera sentencia favorable que prohibía a AMLO siquiera mencionarlo en sus mañaneras.
Esta sentencia fue apelada por la Presidencia, por lo que el caso se puso en revisión y derivó en el proyecto votado este 13 de diciembre.
ofv