Fabián España Moya, el agresor de la senadora Ana Gabriela Guevara, salió este lunes del penal de Neza Bordo, luego de que un juez le otorgó una suspensión condicional del proceso en su contra.
A mediados de diciembre del año pasado, la medallista olímpica sufrió una agresión por parte de España Moya en el kilómetro 26 de la carretera México-Toluca.
Después de interponer la denuncia y tras varios días de estar prófugo, España Moya se presentó voluntariamente ante el Ministerio Público para rendir su declaración (dijo que la legisladora inició una pelea), para después ser encarcelado por el agravio.
Después de cinco meses, el agresor pudo salir de la cárcel de Neza Bordo luego de que el juez Enrique Beltrán Santés le otorgo una suspensión condicional del proceso, la cual incluye pagar una reparación del daño de 60 mil 954 pesos.
En entrevista para Reforma, Ángel Echagaray Baca, abogado del expolicía mexiquense, explicó que su cliente deberá cumplir nueve condiciones, en un plazo de seis meses, para ser absuelto de todo cargo.
“Una vez que él cumpla esas condiciones se genera una audiencia en donde se hace del conocimiento del juez de control que cumplió totalmente con las condiciones impuestas por el mismo juez y tendría como una consecuencia lógica jurídica la extinción de la acción penal”, explicó el representante legal.
“El proceso está suspendido y como consecuencia de esa suspensión él está en libertad porque tiene que cumplir estas condiciones, si él cumple esas condiciones, evidentemente la acción penal se extinguiría, es como si le dictaran una sentencia absolutoria”.
Entre las medidas que debe cumplir está pedir una disculpa a la agredida (la cual fue cumplida la noche del lunes), no manejar, no portar armas, vivir en la Ciudad de México, hacer servicio comunitario, llevar un tratamiento psicológico e ir cada dos meses a la PGR.
De no hacerlo, se reactivaría el proceso en su contra.
De acuerdo con Echagaray Baca, esto se acordó por uno de los mecanismos alternos incluidos en el sistema oral adversarial, contenido en el artículo 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual señala que el acusado tendrá derecho a este beneficio para delitos con una media de un año con dos meses de prisión.
Hasta el momento, Guevara no ha hecho ningún comentario al respecto.
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