PGR no tienía facultades para asegurar equipo en cateo realizado a Infraiber

Los agentes de la Procuraduría General de la República (PGR) sólo tenían una la facultad para localizar a un testigo en las oficinas de Infraiber y no para llevarse equipo, de acuerdo a la orden de cateo que dio un juez federal.


El pasado 11 de septiembre agentes de la PGR aseguraron equipo de cómputo perteneciente a la empresa Infraiber, que supuestamente servía para realizar tareas de espionaje. El aseguramiento se daba en el marco de una denuncia en contra de la empresa referida, entablada por OHL, por presunta intervención de comunicaciones.


Las llamadas referidas vinculan al secretario de Comunicaciones y Transporte, Gerardo Ruíz Esparza, con directivos de la firma española. En varios audios difundidos por diversos medios de comunicación se tocan temas referentes a licitaciones públicas de la compañía.


En el dictamen 702/UEIDAPLE/I/2015, emitido por el Roberto Antonio Domínguez Muñoz, juez del Juzgado Primero Especializado en Cateos, Arraigos e Intervenciones, se especifica que la PGR sólo tenía la facultad de intervenir en las oficinas de Polanco para preguntar por Pedro Topete Vargas, dueño de Infraiber.


No obstante, la Procuraduría se llevó equipo de oficina pese a que el propio juez especificó que sólo se podría realizar esta acción si había un delito en flagrancia.


“No es necesario que este juzgado autoricé la búsqueda y aseguramiento de instrumentos, objeto o productos de delito, así como de bienes que pudieran tener relación con ese, y detenga a personas que se encuentren en flagrancia pues cuando esto suceda es la obligación del Ministerio Público actuar en consecuencia”, se lee en el expediente difundido por Animal Político.


Sin embargo, la PGR justificó el aseguramiento, en un comunicado, diciendo que se había hecho en un departamento y no en una oficina. El supuesto equipo de espionaje eran 10 laptops, cuatro computadoras de escritorio, dos grabadoras de audio y video, cinco teléfonos celulares, tres CPU, cinco equipos de radio comunicación, siete tabletas, 43 memorias USB, discos compactos, y un equipo “de alta tecnología” que resultó ser un iPad propiedad de un comercializador de vinos que también renta parte del inmueble de Infraiber.


Al respecto, Jesús Moreno, abogado penalista de Infraiber, dijo que los agentes nunca preguntaron por Topete Vargas, que estuvieron cerca de 16 horas en la oficina y mantuvieron “recluidos” a todo el personal durante seis horas.


“Con tener a simple vista un equipo no puedes determinar que es instrumento de un delito y no había ningún indicio de que estos se utilizaran para algo negativo. Se llevaron hasta teléfonos personales de gente que estaba ahí y que ni siquiera era de la empresa”, afirmó el litigante.


Moreno detalló que en el Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal está pendiente el juicio de amparo que promovió Infraiber contra el cateo. El recurso, contenido en el expediente 867/2015, contempla, por una parte, la violación del artículo 61 del Código Federal de Procedimientos Penales que no faculta el aseguramiento de equipo cuando se localiza a una persona, si no hay una orden de aprehensión en su contra.


“La otra parte del amparo es contra la ejecución que hizo la PGR. Lo que debió ocurrir es que los agentes llegaran a preguntar por el testigo que buscaban, verificaran que no estaba y se fueran. Pero lo que hicieron fue asegurar todo lo que encontraron pese a que no había delito en flagrancia alguno”, expuso.


Los agentes que participaron en el cateo, y que también fueron acusados de sembrar un arma a otro abogado de Infraiber, Paulo Díez, son investigados por la PGR y ya fueron consignados, reveló Moreno.


 


mahy

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