SCJN declara inconstitucionales artículos que prohíben el matrimonio gay en Chihuahua

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves inconstitucionales los artículos del Código Civil de Chihuahua que no permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo.


En el proyecto discutido por propuesta del ministro Arturo Zaldívar de Larrea, se discutieron los artículos 134 y 135 del código referido, luego de que a dos mujeres se les negara la posibilidad de contraer nupcias.


La SCJN recordó que desde hace meses se estableció la “inconstitucionalidad de aquellas normas que limitan la institución del matrimonio a la unión de un hombre y una mujer y/o establezcan como fin imperioso del mismo la procreación o perpetuación de la especie”.


Por ello, los ministros no sólo dieron la razón a la pareja (obligando al Estado a reconocer su matrimonio) sino que además dejó abierta la posibilidad de que las quejosas puedan solicitar una reparación del daño por violación a sus derechos humanos.


La Primera Sala tuvo oportunidad de pronunciarse en la sentencia sobre la posibilidad de decretar medidas de reparación por violación a derechos humanos en el marco de un juicio de amparo, incluidas compensaciones económicas, medidas de satisfacción y garantías de no repetición”, se lee en el comunicado.


No obstante, este trámite deberá iniciarse en otras instancias ya que “este tipo de medidas no pueden ser decretadas en el marco de un juicio de amparo”.


 


mahy

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