La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar la fracción I del artículo 4 bis A de la Constitución de Sinaloa, por lo que declara inconstitucional reconocer la vida humana desde la concepción. Así lo establecen aún las legislaciones de varios estados de la República.
En su sesión de este jueves, apenas a dos días de declarar inconstitucional la penalización de la interrupción del embarazo, de manera unánime los 11 ministros de la SCJN establecieron la inconstitucionalidad de la fracción citada de la Constitución de Sinaloa, que consideraba que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.
Lo anterior es resultado de la acción de inconstitucionalidad que en noviembre de 2018 un grupo de diputados presentó contra la fracción de la Constitución de Sinaloa antes mencionada, entonces recientemente aprobada por el Congreso del estado, en la que se alegaba que los poderes locales no están facultados para definir constitucionalmente el momento de inicio de la vida.
El ministro encargado de la ponencia del asunto fue Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien consideró que la acción de inconstitucionalidad era procedente, entre otras consideraciones porque no le corresponde a ninguna legislatura de los estados ni al Pleno definir el origen de la vida humana porque esta es considerada como continuum.
Hasta ahora fracciones y artículos de las constituciones y legislaciones estatales similares a la de Sinaloa eran esgrimidos para la persecución y castigo de las mujeres que elegían abortar, por lo que ahora ya no podrán ser utilizados para ello debido a que serán considerados como contrarios a los derechos humanos, por lo que las mujeres podrán ampararse.
Por otra parte, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aprobó que el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) brinde asesoría y defensa a las mujeres que sea o haya sido sujeta a procedimientos en contra por el delito de aborto, tal y como anunció el pasado miércoles el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
Asimismo, el IFDP también procederá a asesorar, representar y defender a las víctimas de feminicidio en las 32 entidades de la República. Para atender a las personas que estén en los casos mencionados pusieron a disposición de los interesados el número DEFENSATEL 800 22 42 426, que funcionará las 24 horas de los 365 días del año, según anunció el CJF.