Sheinbaum confirma: habrá control sobre pautas publicitarias en redes sociales 

A un día de que afirmó que la Agencia digital no tendrá atribuciones excesivas y que se eliminaría el artículo que ha causado polémica, la presidenta Claudia Sheinbaum dijo que se prohibirá que gobiernos extranjeros contraten publicidad en redes sociales para contenidos políticos. 

Luego de que se supo que en YouTube circula un nuevo  spot anti migrantes protagonizado por secretaria de Seguridad de los Estados Unidos, Kristi Noem, Sheinbaum dijo que no es ilegal todavía, porque no se ha aprobado la ley. 

Agregó que “la propuesta es que no pase en televisión” esta clase de anuncios. Pero luego precisó que también se prohibirá que gobiernos y entidades extranjeras paguen pautas publicitarias en plataformas digitales.  

“Entiendo que está pasando en plataformas nada más, y pues todavía no se aprueba la ley. En el momento en que los senadores, diputados aprueben este artículo de la ley, pues ya no se podrá pautar”. 

Es decir, que plataformas como Facebook, YouTube y X verán restringidas sus posibilidades de vender publicidad a raíz de la aprobación de la llamada “Ley Censura”, que según la presidenta, no pretende censurar sino “fortalecer” y “regular” todo lo relacionado con las telecomunicaciones.  

Sheinbaum dijo que gobiernos y entidades extranjeras  “tienen derecho a grabar un mensaje, y si alguien lo quiere ver en sus redes sociales, pues que alguien acceda. Pero uno en las redes sociales puede pagar para que se difunda más. Entonces, este artículo de la ley va a prohibir que se pueda pagar para promoverlo más, en caso de que tenga mensajes gobiernos extranjeros que tengan que ver con política, cuestiones ideológicas. Si son temas culturales, turísticos, deportivos, pues es distinto”. 

Eso significa directamente controlar a quién sí y a quién no se le vende publicidad. Un control sobre plataformas digitales extranjeras. 

Ayer, dijo que para “que ya no haya ningún debate” que se quite el artículo que permite a la Agencia de Transformación Digital bloquear plataformas. 

Un reportero le preguntó si era ella aún de la idea de que se elimine “este artículo 142, que es el que se vertió mucha polémica (sic)”. 

Sheinbaum dijo que sí y los medios de comunicación informaron que la presidenta eliminaría el artículo 142, pero el artículo que ha provocado debate es el 109. Sheinbaum no hizo al reportero la aclaración pertinente, sin que se conozca el motivo. 

Así respondió Sheinbaum este jueves: “Sí, yo planteé… A ver, ese artículo estaba para que la Agencia de Transformación Digital, en caso de que el SAT o alguna otra área viera algún tema relacionado con un asunto, que tiene que ver con la legalidad de estas transmisiones, que se pudiera bajar. 

“Pero ya, para que no haya ningún debate, ninguna discusión de que eso significa censura, se elimina ese artículo —es lo que nosotros planteamos— y que se discuta el fondo de la competencia que debe de haber en las telecomunicaciones en México, y el derecho de las audiencias y el derecho de las radios comunitarias, y el derecho del pueblo de México a una información veraz”. 

Luego de que varios medios informaran que la presidenta se comprometió a quitar el artículo 142, ya no hubo corrección o aclaración. 

Según el texto de la iniciativa de la nueva Ley de Telecomunicaciones, que se debate en estos días en los foros del Senado, el artículo 142 dice: 

“Las solicitudes de otorgamiento, modificación o prórroga de autorizaciones serán resueltas por la Agencia en un plazo no mayor a sesenta días hábiles siguientes a su presentación, transcurrido dicho plazo sin haberse resuelto, se entenderán por no otorgadas”. 

Se refiere a autorizaciones de diversa clase para el uso del espectro radioeléctrico, para poner estaciones de retransmisión, para emisiones temporales, redes de radiocomunicaciones y más. Ninguna relación con el debate al que hizo alusión Sheinbaum. 

El artículo 109, que ha causado alarma, dice: 

“Las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia para el bloqueo temporal a una Plataforma Digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables. La Agencia emitirá los Lineamientos que regulen el procedimiento de bloqueo a una Plataforma Digital”. 

ofv

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