Con el término de las precampañas, desde el próximo lunes 12 y hasta el 30 de marzo ninguno de los aspirantes presidenciales podrá ser pautado en los 6.8 millones de spots de los partidos políticos que los postulan y deberán cohibirse de algunas actividades públicas, a fin de evitar incurrir en actos anticipados de campaña.
Marco Antonio Baños, consejero electoral del INE, explicó que ningún aspirante podrá aparecer en la pauta publicitaria de sus partidos porque así lo establece la normatividad electoral. No obstante, aún pueden aparecer en los medios y dar entrevistas, siempre y cuando eviten llamar al voto y plantear propuestas encaminadas a obtener la simpatía del electorado.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), se considerarán actos anticipados aquellos “que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido”.
“Efectivamente no pueden aparecer en la pauta de los partidos, no pueden realizar reuniones públicas con los partidos políticos en los que haya la intención de llamar al voto, (pero) sí pueden realizar entrevistas con medios de comunicación”, indicó Baños Martínez.
Afirmó que el Instituto Nacional Electoral (INE) vigilará que los candidatos cumplan la ley electoral y no realicen llamados al voto o actividades restringidas. Sobre redes sociales, el consejero electoral dejó claro que aunque pueden expresarse libremente, no pueden llamar a votar.
“Hay que tener mucho cuidado de que no sean utilizadas para el llamado al voto; (las redes) no son salvoconductos para que puedan hacer expresiones fuera de la legislación”, refirió.La Legipe establece las conductas que definen el acto anticipado de campaña y las actividades válidas durante precampañas y campañas.
El artículo 242 plantea que las actividades válidas en campaña son reuniones públicas, asambleas, marchas y aquellos actos en los que los abanderados o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado con el fin de promover sus candidaturas. Sólo durante campañas se puede hacer propaganda electoral con escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones con la misma intención de obtener votos.
De tal forma que los aspirantes a cualquier cargo de elección popular podrán acudir a eventos, reuniones (pero no de sus partidos), ni podrán promover su candidatura. Tampoco podrán hacer propaganda escrita, grabada o con expresiones para obtener votos; sí podrán dar entrevistas a medios o acudir a foros sin promoverse.
En lo que corresponde a los partidos, deberán difundir mensajes genéricos, contenido institucional en el que no se promocione la figura personal de alguno de sus aspirantes.
Por otra parte, de acuerdo con el monitoreo de la cobertura de los medios sobre las precampañas, el Instituto Nacional Electoral reportó que Andrés Manuel López Obrador concentra el 39.9% del tiempo de transmisión; José Antonio Meade, el 34.5%; y Ricardo Anaya, el 25.4%. El tiempo total dedicado a las precampañas fue de 294 horas 26 minutos.
(Con informacipon de El Universal)
aml