Durante las etapas políticas posrevolucionarias que llevaron al priismo y durante las etapas formalmente priistas del sistema de partido hegemónico, ¿la composición de la llamada Suprema Corte de Justicia de la Nación fue plenamente civil? No. Ni apartidista e independiente ni plenamente civil o amilitar. Hubo casos de ministros como estos:
1. Agustín Mercado Alarcón: general de división, con más de treinta años de carrera en el ejército, fue nombrado ministro de la Suprema Corte por el presidente Manuel Ávila Camacho en 1944, y ocupó la posición hasta 1967, en el sexenio de Gustavo Díaz Ordaz. Sus 23 años en la corte no significan que se cumpliera la norma constitucional que dictaba la inamovilidad de un ministro una vez en posesión del asiento: había gran rotación sexenal de nombres o era alto el grado de movilidad política de acuerdo con la decisión de los presidentes en turno –sólo no llegaba al 100%, así como estaba muy lejos del 0% de movilidad que pedía la Constitución desde el año 44.
2. Alfonso Pérez Gasga: participó en la Revolución, fue funcionario de justicia militar en esos años, llegó a ser general, y en la época posrevolucionaria entró al poder judicial civil. Bajo el maximato fue tres veces ministro provisional, dos cuando el encargado de la presidencia era el mediano Pascual Ortiz Rubio y una cuando lo era el corrupto Abelardo L. Rodríguez, y fue ministro no provisional a lo largo del gobierno de Lázaro Cárdenas, de 1934 a 1940. Al iniciar su sexenio Cárdenas hizo una reforma constitucional para que el periodo de los ministros coincidiera con el de los presidentes; esto, sumado a la desaparición del maximato (1928-1934), reinició y alimentó al presidencialismo, al punto que Ávila Camacho deshace la mencionada reforma cardenista e instala la inamovilidad judicial también ya mencionada pero el efecto (de la reforma avilacamachista de 1944) es prácticamente nulo: se prescribía inamovilidad de los ministros pero había movilidad presidencialistamente, es decir, el mismo resultado que buscó Cárdenas –y así resulta que el PRI ignoró por décadas una parte más de la Constitución.
El interés particular del caso de Pérez Gasga es que llegó a ministro desde lo militar y unos años después de ser ministro fue, por el PRI, diputado federal, presidente de la cámara de diputados en el gobierno de Miguel Alemán, senador y gobernador de Oaxaca. Todo entre 1949 y 1962. Que todo aquello lo haya sido con el PRI, bajo el PRI, indica dónde estaban sus lealtades como ministro: en el partido oficial, entonces llamado PNR (1929-1938) y PRM (1938-1946), los causantes del PRI. Pérez Gasga fue colaborador del maximato, periodo en el que se crea el partido oficial, y colaborador del presidencialismo posmaximato, otra etapa del régimen del partido posrevolucionario; fue, por tanto, un político prepriista y priista, además de militar-civil.
3. Jorge Olivera Toro y Cordero: general de brigada, profesor del Colegio Militar y de la Escuela Superior de Guerra, asesor jurídico del Estado Mayor Presidencial, consultor/asesor del secretario de la Defensa Nacional del presidente Luis Echeverría, de 1970 a 1974, y gerente del Banco del Ejército, de 1974 a 1976. Olivera es el autor de la Ley Orgánica de dicho banco. El mismo año de 76 fue subdirector del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM) y ministro de la corte designado por Echeverría, quien fue el creador de la carrera de Olivera junto con Hermenegildo Cuenca, el represivo titular de la Sedena. Olivera también laboró, antes de la década de los setenta, en las secretarías de Hacienda y de Trabajo del gobierno federal priista.
4. Tarcisio Márquez Padilla: graduado del Colegio Militar como subteniente de artillería y de la UNAM como abogado (también hizo algún curso en el FBI), alcanzó la posición de general de brigada y en 1941 recibió la “Condecoración del Mérito Militar”, durante la presidencia de Ávila Camacho. Este presidente poblano, también general del ejército, fue importante en la carrera de Márquez Padilla, pues lo tuvo como ayudante en el Estado Mayor Presidencial, fue testigo en su boda y lo colocó en la embajada de México en Estados Unidos como agregado militar. Márquez Padilla fue después asesor del presidente Alemán y oficial mayor de la secretaría de Economía Nacional. En el sistema de justicia militar fue agente del ministerio público, juez, magistrado y presidente del Supremo Tribunal Militar. También fue consejero y presidente del Consejo de Administración del Banco del Ejército. Llegó a la corte priista en 1978 gracias al presidente José López Portillo, ocupando el cargo hasta 1985.
Como pudo verse, en los dos primeros casos el militar va de alguna posición en el ejército a la posición de ministro judicial, y en uno de ellos va de aquí a cargos de elección priista; en los otros dos casos el militar hace su carrera alternando empleos militares y civiles, culminando en la corte bajo una hegemonía de partido, por lo que también son empleos partidistas en alguna de sus modalidades. Y no sólo todos son militares de formación y por tanto de cultura sino que nunca dejan de serlo en el conjunto de la realidad, ni cuando hay retiro –porque éste no anula la cultura y no significa mayor cosa en un régimen híbrido de civil y militar- ni cuando hay licencia –porque ésta es, además de menor al retiro, sólo una formalidad con efectos meramente burocráticos provisionales.
Así, en los cuatro casos se trata de militares y priistas –en ese orden o no- que en algún momento fueron convertidos en ministros de la Suprema Corte. Convertidos en agentes judiciales y ministros por y para los máximos agentes partidistas del sistema político. No eran juristas civiles y ministros de la corte que en algún otro momento fueron militares y priistas.
La conclusión general principal que podemos y debemos sacar de la existencia de ministros priistas militares es que el sistema del PRI no era un régimen absolutamente civil y civilista sino relativamente militar y militarista, o al revés: no absolutamente militar y militarista pero relativamente civil y civilista. Escondía el total de lo real bajo parte de lo formal (la legalidad burocrática). Un régimen que institucionalizó la hipocresía, poniéndole la careta de “el único desarrollo político posible y el mejor para el país”. La cuestión asociada en el presente es si es posible que Morena no vaya hacia allá…
Otra conclusión es que una de las causas de la falta de entendimiento sobre el obradorismo gobernante es la falta de entendimiento sobre el priismo del siglo veinte.
Extra: https://etcetera.com.mx/opinion/presidentes-priistas-militares/

