Para Eduardo Espinoza, El Chino
Los enterados habrán de recordar que la Cámara de Diputados aprobó el llamado “plan b” de AMLO el mismo día en que se presentó y en tan solo tres horas. Para ello, los diputados de Morena y sus rémoras se saltaron todos los trámites y procedimientos legislativos, levantaron el dedo disciplinadamente (bueno, más bien lo colocaron en el lector digital que se encuentra en sus curules) y, sin siquiera leerla, aprobaron esa amplia reforma con modificaciones, adiciones y derogaciones que afectan la friolera de 352 artículos de seis leyes federales.
Actualmente, está suspendida la vigencia del nocivo “plan b”, a resultas de la presentación de centenares de impugnaciones. Se trata de 178 demandas interpuestas (14 acciones de inconstitucionalidad y 164 controversias constitucionales), a las que se deben sumar 98 recursos de reclamación que el gobierno federal interpuso contra la suspensión dictada por el ministro Javier Lainez Potisek.
En anteriores ocasiones, en esta columna se abordaron diversos aspectos de la contrarreforma de López Obrador. Ahora se abordará aquí la violación al proceso legislativo, condición que por sí sola puede y debería llevar a la Corte a decretar la invalidez total de la misma.
El 6 de diciembre pasado, el Presidente de la República presentó el “plan b” como una reforma preferente, es decir, su dictamen y votación debía transcurrir en un plazo máximo de 30 días. Alertado de que éste sería el plazo de resolución, el troglodita que despacha en la Secretaría de Gobernación transmitió a los diputados de la mayoría el interés presidencial para que se aprobara inmediatamente después de que la reforma constitucional fuera desechada, de manera que se disimulara esa derrota. Serviciales, incurrieron en un amplio catálogo de trampas y maniobras, el cual arrancó con la publicación de la misma iniciativa de AMLO, pero con las firmas de varios morenistas, fingiendo que éstos fueran los iniciadores.
Siguieron con la dispensa de todos los trámites “por obvia y urgente resolución”, misma que fue aprobada a dedo alzado por un Pleno pletórico de servilismo, sin que se fundamentara ni la obviedad ni la urgencia del asunto. Así, no hubo turno a comisiones (la iniciativa debió ser analizada por las comisiones ordinarias de Gobernación, Justicia, Equidad de Género, Grupos Vulnerables, Pueblos Indígenas, entre otras, además de la comisión especial de Reforma Electoral). Brillaron por ausencia el parlamento abierto, la consulta con especialistas, el consenso entre los partidos políticos. Tampoco se presentó el estudio del impacto presupuestal de esas reformas. Sin dictamen, sin debate a favor y en contra, el “plan b” se puso a consideración del Pleno ese mismo día. Las y los diputados federales de Morena votaron el paquete completo sin siquiera leerlo.
La violación flagrante del proceso legislativo pudo ser corregida por el Senado mediante la devolución de la minuta, pero en la cámara revisora se optó por convalidar el atropello. Ésta se limitó a practicar cierta corrección para eliminar la alevosa cláusula de vida eterna que el PT y el PVEM habían colado (enmienda instruida, faltaba más, por el inquilino de Palacio Nacional) y a aprobar el bodrio, salvo algunas tibias resistencias.
La aprobación del “plan b” violó todas y cada una de las etapas del proceso legislativo, transgresión que determina por sí sola la invalidez de dichas reformas. De la Constitución se violaron los siguientes principios: jerarquía de leyes (artículos 1 y 133); división de poderes (art. 49); formación de las leyes (71, 72 y 73); principio de legalidad (14, 16, 103 y 107). También, el de la protesta de los servidores públicos (art. 128), que obliga a las personas que ocupen un cargo público el jurar que cumplirán y harán cumplir la Constitución y las leyes.
Existen precedentes y jurisprudencia aplicable, por lo que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberán concluir que el procedimiento legislativo no se limita a la formación de una mayoría legislativa, sino que ésta adquiere valor constitucional sólo si se respetan las condiciones de deliberación de todos los legisladores y los derechos de las minorías. Puesto que este alegato está incluido en las Acciones de Inconstitucionalidad que interpuso el PRD (como seguramente se incluyó en las que presentaron otros partidos), la SCJN deberá constatar que la aprobación del “plan b” de AMLO es inválida por no haberse realizado conforme al proceso legislativo regulado por la Constitución.
Cincelada: Bien Alejandra del Moral, con narrativa juvenil, culta, propositiva, que contrasta con la decadente Delfina. Corresponde a los partidos cazar mapaches guindas y denunciar al gobierno federal.