En torno a la alerta de “censura” que Article 19 lanzó contra Grupo Salinas por la demanda civil en contra de diversos comunicadores que ejecutaron una campaña en contra de Banco Azteca, el oficial del Programa de Protección y Defensa del organismo, Pedro Cárdenas, argumentó que el organismo únicamente hizo “un llamado a las personas juzgadoras” para evaluar el caso privilegiando el respeto a la libertad de expresión y dijo no saber si hubo tal campaña en contra de la empresa.
En entrevista con etcétera, Cárdenas dijo que mediante el comunicado emitido el pasado 25 de febrero se hizo “un llamado a las personas juzgadoras, a quienes les va a tocar decidir, tomar esta decisión de si es o no, si hay o no alguna afectación… que se basen en estándares de libertad de expresión y de distintos niveles de debido proceso”.
Y a la pregunta expresa de la reportera en el sentido de si Article 19 reconoce la existencia de una campaña del oficialismo en contra de Banco Azteca por medio de diversos comunicadores para provocar afectaciones financieras, el vocero de la organización dijo que no lo saben, pero que si hay datos que indiquen “que pudiera haber una campaña”, esos datos deben presentarse ante la autoridad judicial.
Así, demostró su desconocimiento de las denuncias en este sentido que Grupo Salinas ha hecho, documentando publicaciones que demuestran la existencia de una campaña de terrorismo financiero, evidencias que ya se entregaron a la autoridad judicial. Esto fue informado desde hace meses por el grupo empresarial.
Se recordará que el comunicado en cuestión se titula “Proceso judicial de Banco Azteca contra periodistas y otros usuarios de redes sociales vulnera libertad de expresión”, y en el mismo no se hace ninguna mención de la existencia de una campaña orquestada desde el oficialismo con fines de provocar zozobra financiera al grupo empresarial, sino que únicamente se le señala al grupo empresarial de intentar acallar “información incómoda”.
El comunicado refiere que “la demanda por daño moral asegura que Banco Azteca sufrió una crisis como consecuencia directa de una serie de publicaciones en la red social X, antes Twitter en los meses de enero y febrero de 2024” y que esta demanda se enmarca en un contexto inhibitorio de la libertad de expresión, “siendo un mensaje a toda aquella persona que quiera publicar información incómoda de empresas o poderes económicos”.
El comunicado no precisa cuál es esa “información incómoda” que los denunciantes habrían dado a conocer, ni tampoco su nivel de veracidad o precisión.
En la entrevista, Cárdenas puso en duda la existencia de la campaña en contra de Banco Azteca implementada por los demandados y admitió que carecen del “conocimiento técnico para identificar” esta clase de acciones en redes sociales.
Casi al final de la conversación, dijo que el organismo se pronunció en torno a este caso pues le llamó la atención que hubiera tres procesos abiertos por parte de Grupo Salinas en contra de comunicadores y cuentas en redes sociales.
Etcétera: ¿Ustedes reconocen la existencia de una campaña de terrorismo financiero en contra de Banco Azteca, operada por un conjunto de cuentas en las que han destacado los comunicadores denunciados?
Art19: Lo que hacemos es el llamado precisamente a que se investigue este proceso de acuerdo a estándares que nos indiquen que pudiera ser una campaña. El gran llamado es a que, si se tiene esta información o no de una campaña, pues que sea que se haga público o que se presente precisamente ante el poder judicial, porque a fin de cuentas, desafortunadamente, campañas de desprestigio hemos visto contra la prensa en muchos casos en México en los últimos años…Nosotros como tal no tenemos el conocimiento técnico para identificar cuando hay un uso particular de redes de esta forma.
(…) Entonces, el gran llamado que hacemos es: si se tiene esta información, pues es importante que se presente debidamente al poder judicial. A fin de cuentas, nuestro llamado, para quienes no han tenido la oportunidad de leer nuestro comunicado, es, justo eso: un llamado a las personas juzgadoras, a quienes les va a tocar decidir. No esta decisión de si es o no, si hay o no alguna afectación, pues, a que se basen en estándares de libertad de expresión y de, pues, distintos niveles de debido proceso, digamos.
Pero en realidad, el comunicado referido, que puede consultarse en la página web de Article 19 exige a Grupo Salinas cesar en sus acciones legales y exige lo mismo a la Fiscalía de Jalisco, en donde se procesó una de las demandas. El documento da por hecho que de parte de Grupo Salinas existe una estrategia de “silenciamiento a voces críticas de la gestión de dichas empresas”, lo cual no demostró.
Dice el comunicado: “Article 19 llama a los representantes de Grupo Salinas y Banco Azteca a abstenerse de emitir amenazas legales en contra de periodistas, comunicadores y personas usuarias de redes sociales. De la misma hacemos un llamado a que desistan de utilizar el derecho penal como herramienta de silenciamiento a voces críticas de la gestión de dichas empresas.
“Asimismo, exige a la Fiscalía General del Estado de Jalisco a detener el proceso de investigación, debido a que configura un uso desviado del derecho penal con fines de censura, en contra de periodistas, personas comunicadoras y otras personas usuarias de redes sociales basándose en los más altos estándares internacionales en materia de libertad de expresión”.
Las declaraciones de Cárdenas a etcétera presentaron un panorama muy diferente al del comunicado, ya que el vocero insistió en que este documento fue un “llamado” a los juzgadores a evaluar con parámetros de libertad de expresión, nada más. Sin embargo, como se puede leer arriba, el comunicado es una exigencia al grupo empresarial de que desista de su demanda contra los comunicadores, sin considerar en ningún momento la posiblidad de que su derecho haya sido afectado.
Etcétera: El comunicado nosotros lo hemos leído y con mucha atención. La cuestión entonces es ¿ustedes no han tomado nota o no tienen conocimiento de miles de tuits (nosotros sí, en etcétera lo hicimos desde 2023 que surgió esta y muchas otras campañas)lanzados con el hashtag #BancoAztecaEnQuiebra, con memes, con fotos, llamando a “retirar tus ahorros”? Fue una tendencia que corrió en oleadas en varias ocasiones desde fines de 2023, y ahorita mismo está corriendo otra vez. Es el llamado a “retira tu dinero, Banco Azteca va a quebrar”. Eso es lo que está acusando la parte demandante respecto a que eso va más allá de la libertad de expresión porque se trata de crear zozobra (…) pavor social. Entonces, ¿de qué manera el decir “Banco Azteca está en quiebra y retira tu dinero” calificaría como libertad de expresión, desde el punto de vista de ARTICLE 19?
La respuesta fue evasiva y dejó en claro que el organismo no conoce a fondo el caso.
Art19: Recordemos que hay tres procesos, uno en una corte de distrito en California, para obtener información, luego hay una denuncia en el ámbito penal –no sabemos el estatus de esta– pero al menos el año pasado obtuvimos documentación que comprobaba que se inició un proceso penal, y ahora tenemos un proceso civil. En estos procesos, justo la acusación es precisamente de los dichos, no de algunos tuits y demás, no, al menos la información que tenemos, pues no está detallando más información sobre la coordinación con redes y demás. Resaltas un tema muy importante: cuándo sí debe el gobierno mexicano, vaya, en acorde a la ley, restringir o limitar lo que pudiera ser un exceso de libertad de expresión. Para eso podemos hablar de varias pruebas o estándares internacionales que hay, como puede ser por ejemplo un estándar básico que es la prueba tripartita: quién lo está diciendo, cuál es el contexto, cuál es el mensaje.
Pero también hay que identificar por ejemplo si hay o no una inminencia de riesgo, si hay alguna afectación, y eso también va a ser importante para la parte demandada, es decir, se tiene que no solo vincular que hay información falsa, hay un estándar que llamamos de real malicia o malicia efectiva.
Ese es un término legal que básicamente lo que nos dice es que se tiene que comprobar que la información es falsa, pero no es suficiente eso. La Suprema Corte dice que si nada más nos basamos en que algo es falso, pudiera haber muchas sanciones a gente que, sin querer, publicó información no verificada. La real malicia o malicia efectiva es: uno, que sea falso, pero los otros dos pasos es que se debe demostrar una intención de causar daño, es decir, que sabiendo que era falso, sabía que iba a provocar un daño, y tercero, pues se tiene que comprobar el daño. Si se ha comprobado daño, eso va a ser importante que lo tomen en consideración las personas juzgadoras. En los hechos que comentas precisamente de causar pánico, de causar un efecto, pues justo es importante el análisis también de la causa y efecto y de ver si verdaderamente está vinculado a estos tuits o si está vinculado a lo mejor a algo más grande, es decir, quién inició esta campaña, bajo qué objetivos, bajo qué circunstancias, en el caso que lo fuera. A fin de cuentas, lo que estamos haciendo es el llamado: hay estándares de libertad de expresión, y lo importante es que las personas juzgadoras los analicen al momento de analizar este caso, y todos los otros casos que hay de procesos contra periodistas o comunicadores, twitters (sic), etc., etc.
Etcétera: Yo entiendo esta parte, el llamado a a juzgar con estándares de libertad de expresión, así como en casos de de violencia contra las mujeres, se llama juzgar con perspectiva de género. Pero aquí el punto es que el actuar es público y notorio. La comunicación recurrente de ciertos actores de las redes sociales, como Vicente Serrano, Ricardo Sevilla, o Álvaro Delgado, que llevan muchísimos años demostrando antipatía hacia Grupo Salinas y hacia el personaje (Ricardo Salinas), e incluso, fijación con el tema, sumándose a esta campaña. Está el hecho de que la parte que demanda ha recuperado información, ha documentado la existencia de todos estos mensajes, y estos mensajes han desaparecido de las redes sociales, en un ocultamiento. No sé si para ustedes esto podría ser una autoinculpación de parte de de los comunicadores, que dicen, por un lado, “no tenemos miedo”, y por otro lado borran los tuits. Ahora, tú me estás diciendo que si es que hay malicia, esto califica de otra manera. Si uno analiza el discurso completo de muchos de estos comunicadores en el tiempo, creo que la malicia es evidente. No sé tú qué opines.
Art19: Malicia efectiva es que se sabe que mi tuit o mi publicación te va a causar algún daño directo, porque la antipatía como tal, pues que estemos en desacuerdo, va a ser parte común de un debate público. Los estándares lo que nos dicen es que la libertad de expresión debe cubrir inclusive discursos que pueden ser incómodos, chocantes, que pueden ser contrarios. Digamos que se tiene que permitir este debate público para que las ideas de la propia comunidad reboten entre sí, no. Lo llamamos el ‘mercado de las ideas’. Estar en desacuerdo con algo políticamente, ideológicamente, no puede considerarse malicia efectiva, sino que es meramente parte del debate. Lo que le va a tocar a los juzgadores con la evidencia presentada, todo lo que comentas que se ha recopilado de evidencia, pues va a ser muy importante que se presente y se analice en dicho sentido. Hay o no malicia efectiva si tenían muy claro que al publicar esto pudieran tener un efecto adverso. Ahí de nuevo es donde retomamos los estándares de libertad de expresión desde ARTICLE 19. Lo que hemos hecho desde que trabajamos tanto a nivel internacional como en México, es ver que se apliquen los estándares o los protocolos siempre, porque de lo contrario puedes generar afectaciones a futuro, pues el derecho se debilita.
Etcétera: En el comunicado señalan ustedes que ingresar procesos por la vía penal y ahora por la vía civil, refuerza el mensaje de amenaza de que se puede ser víctima de procesos judiciales meramente por opinar o publicar información sobre dichas empresas. Nosotros, en la mesa de redacción de etcétera inferimos que ustedes asumen que esos mensajes son mera opinión. O sea, ustedes, le dan el estatus de mera opinión cuando en realidad fueron afirmaciones no comprobadas: ‘Banco Azteca está en quiebra, Elektra está en quiebra’. El comunicado dice que se trata de publicaciones sobre una empresa susceptible al escrutinio público. Mi pregunta es ¿de qué manera el decir (sin pruebas, porque no las hubo) que estaba en quiebra una empresa (lo que la empresa califica como terrorismo financiero) califica como una crítica periodística a la gestión de una entidad financiera, que es también un término que ustedes usan en el comunicado?
Como puede verse, la respuesta también fue evasiva.
Art19: Claro. En ese sentido ya va a ser importante analizar cada uno de los tuits o publicaciones señalado dentro de la demanda, porque ojo, no todos los tuits que están hablando de ‘Banco Azteca en quiebra’ necesariamente están o no en este proceso legal. Lo que es importante en esta demanda, en los tuits mencionados, es que se analicen. En este sentido, recordemos que es una empresa o empresas grandes que han tenido contratos millonarios con el gobierno mexicano, ¿no?, ha habido inclusive investigaciones en Estados Unidos sobre otro tipo de de acuerdos. Pues son empresas que también tienen de alguna manera un impacto en la vida pública, por lo tanto es de interés. Ahora bien, publicar ‘no, pues parece que está ocurriendo, parece que está en quiebra’, o que hubiera esta información, sí, efectivamente puede ser información no verificada, pero de nuevo el estándar de real malicia o de malicia efectiva no es nada más ‘ok, la información era errónea o no verificada’, sino que también es, a ver, ¿había una intención precisamente de daño? Y si había una intención, lo que va a ser importante es encontrar cuál es el hilo y encontrar la causa y efecto.
Etcétera: Ustedes como organización y Leopoldo Maldonado (el director en México) en particular han reconocido la existencia de redes digitales operadas desde el poder, desde el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, y justamente estos sujetos que están siendo demandados por Grupo Salinas son parte de esta estructura digital afín al gobierno de de la 4T. Permíteme leer para ti y también para la audiencia, un fragmento de un texto que que Leopoldo publicó con nosotros en un número de etcétera llamado “La libertad amenazada”. Dice: “Sumemos también las redes de desinformación que aprovechan el potencial viralizador de las plataformas digitales. Las ya no tan benditas redes sociales han sido un replicador de la estrategia de comunicación política del gobierno. El Presidente ataca a una persona, y las redes oficialistas amplifican dicho ataque ad náuseaum”. Ahí está, dicho por el propio Leopoldo, el reconocimiento de que existen redes operadas desde el poder. ¿De qué manera tú ves la actuación de estos comunicadores que claramente están vinculados con la 4T en contra de adversarios de López Obrador, en este caso concreto las empresas de Grupo Salinas, pero también contra Carmen Aristegui, contra Denise Dresser, contra nosotros mismos, contra Claudio X. González, a quien también se le vincula de manera ofensiva con ARTICLE 19. Recordemos esta acusación de que ustedes, ARTICLE 19, junto con Claudio X. González, se iban a robar todo el contenido de la Plataforma Nacional de Transparencia. Entonces, ¿tú qué me puedes decir al respecto, cómo es que evalúa ARTICLE 19 un llamado como el que hicieron ustedes ante el conocimiento de esta existencia de redes digitales oficialistas creadas para golpear?
Art19: Claro, efectivamente el hecho de que estas redes existen se ha documentado plenamente, y justo, como comentaba previamente, ha habido un análisis técnico de estas redes con personas expertas o instituciones expertas. Lo que menciona Leopoldo fue posterior a unas publicaciones de Signa Lab, que hace un análisis técnico de las redes, tiempos, publicaciones y cómo repercuten. De redes donde distintas entidades gubernamentales han generado campañas en contra de personas que consideren adversarias, Por supuesto que las hay. En este sentido, llamamos a que en este proceso legal, si se considera que este es uno de estos casos, se haga ese mismo estándar de análisis técnico, y en el caso que no lo sea, pues simplemente que las personas juzgadoras de nuevo analicen, acorde a los estándares, de qué se está acusando particularmente de cada persona comunicadora y qué responsabilidades les están atribuyendo. A fin de cuentas, el hecho de que existan estas redes tampoco significa que podamos dejar desapercibido que se están iniciando procesos legales contra la prensa en el día a día. Hemos documentado que en el sexenio anterior de Andrés Manuel López Obrador hubo al menos 158 casos de procesos iniciados contra periodistas por publicaciones, comentarios, investigaciones, que más o menos dan un promedio de al menos dos casos al mes. Entonces, vivimos en un país donde publicar cualquier cosa, decir cualquier cosa puede llevar a que te denuncien…
Etcétera: El comunicado de ustedes fue cantado como una victoria por parte de estas estas personas como Vicente Serrano y otros, diciendo: ‘Ah, ARTICLE 19 salió a defendernos, vean cómo Salinas nos quiere callar’. Pero también en otras ocasiones han salido a insultarlos, señalando que ustedes están del lado de los potentados o los oligarcas. En específico, Vicente Serrano parece que tiene una relación muy muy de amor-odio con ARTICLE 19. Por ejemplo, aquí tengo un tuit del 22/11/2024, de Ignacio Rodríguez, el Chapucero, donde dice: “Claudio X. González, transa. Robaría datos del INAI, el Junior tóxico busca quedarse con datos del INAI mediante la asociación Mexicanos a favor de la corrupción, que dirige Amparo Casar, en contubernio con ARTICLE 19”. ¿Qué opinan institucionalmente de esta clase de mensajes que claramente son difamatorios de ustedes?
Art19: Cuando hay información no verificada, información que puede ser errónea o falaz, nuestro nuestro tema es siempre ver de qué manera se puede subir alguna corrección. Recordemos que en México siempre está el derecho a réplica. En ARTICLE 19 lo que hacemos nada más es corregir la información en nuestra propia página: ‘Miren, esta es la información correcta’, y esto permite a la propia sociedad discutir. La libertad de expresión permite discursos con los cuales no siempre estamos de acuerdo y si es información falsa siempre hay una manera de corregirla (…) Siempre es importante recordar que como limitantes a la libertad de expresión, están daños a terceros, pero en México el derecho a réplica siempre permite que cualquier persona, física, moral, pueda precisamente ejercer este derecho y pedimos al medio que corrija la información. Nuestra información ahí está, es pública, la gente puede acceder a ella, y eso sí, hay una responsabilidad ética de los medios de comunicación… Sin embargo, de ahí a pasar a un proceso legal donde por cualquier cosa errónea que pudiera haber estemos iniciando procesos legales, pues no, pues pudiera haber una afectación a la población, porque ya nadie vamos a querer decir nada por miedo a estar erróneos.
Etcétera: ¿Cómo es que ustedes decidieron pronunciarse en este caso concreto, en el caso de la demanda hacia estos siete comunicadores en México? Te lo digo porque ha habido muchos casos que ustedes no han asumido. Ustedes saben que también nosotros los buscamos en alguna ocasión, no asumieron nuestro caso ustedes… ¿Por qué hay casos que sí y hay casos que no?
Art19:Actuamos limitados a nuestras capacidades, recordando que no somos una autoridad. Actuamos si identificamos que pudiera haber un riesgo mayor, casi siempre los casos asumimos tienen que ver con violencia física o de otro tipo, cuando identificamos que pudiera haber un impacto fuerte. En el caso (que discutimos) son tres procesos. No estamos hablando de solo uno, no, sino de tres procesos iniciados, que ojo, no fueron nada más contra algunos comunicadores, sino contra otras cuentas de Twitter, pues también sí nos llama un poco la atención, y ahí es donde hacemos el llamado o bueno, recordamos a los jueces que se basen en estos estándares. Tú podrás ver que en cada comunicado, en cada alerta, hacemos distintos procesos y siempre estamos buscando mejorar, y cuando no hemos podido acompañar debidamente todos los procesos, pues vamos viendo. Eso no significa que llevemos representación en estos procesos. No llevamos una representación legal de este caso, meramente vimos esta información que era importante que las personas juzgadoras consideraran, y hacemos el llamado precisamente a que se apliquen los estándares normativos.