La autoridad también colaboraba con la confusión. El crimen no tenía relación con el trabajo de Rubén, señaló ese día Ricardo Nájera Herrera, titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE):
“Todo indica que no va por ahí porque hasta ahorita de las investigaciones que lleva la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal es que no tiene nada que ver” (24-horas.mx).
Dos días después, el 5 de agosto, la detención de un presunto implicado en el crimen, desencadenó otro alud de especulaciones. Surgen más elementos para alejar de la opinión pública el inicial señalamiento de los activistas, máxime que el detenido había estado nueve años y seis meses en la cárcel, acusado por violación y lesiones, según filtró la PGJDF, aún sin mencionar su nombre. Por cierto, estas filtraciones, en lugar de esclarecer el asunto, eran un arma contra los medios, ya que unos publicaban un dato, otros uno diferente que luego era desmentido o desacreditado.
***
Este multihomicidio también ha exhibido varias bajezas, como la difusión de fotos del crimen que Ciro Gómez Leyva recogió de ¡Pásala! —un medio émulo de la revista Alarma que las publicó el domingo 2 de agosto—, y que replicó cuatro días después en Radio Fórmula. En una foto se aprecia a la extranjera con la ropa interior en los tobillos y un objeto entre los glúteos.
Michela Marzano en La muerte como espectáculo, plantea:
“Mostrar el asesinato de alguien no aporta nada, sólo unos escalofríos que la desgracia proporciona a los espectadores ávidos, que juegan a provocarse el miedo para sentir que están muy vivos. Los espectadores no obtendrán información suplementaria; mirar la tortura o el asesinato de alguien en directo, puede desestabilizar, repugnar, dejar indiferente, excitar, pero en ningún caso informar sobre la realidad”.
El morbo era explotado con la explicación de los detalles sexuales como en “Yo sólo iba por sexo, aseguró inculpado en caso Narvarte”, en Letra Roja, donde, desde el subtítulo se imaginaba lo que se diría: “Comenzó a realizarme sexo oral y con la misma boca me colocó un preservativo, detalló Daniel Pacheco”.
¿De dónde salían esos textos que forman parte de la averiguación previa? Hay que aclarar que días antes Letra Roja cuestionó que se le diera información privilegiada a La Razón.
***
Es periodismo amarillista, según José Manuel Burgueño, cuando se exagera la importancia de hechos que no la tienen, se magnifican datos secundarios o irrelevantes o se inclinan ante los instintos más bajos de las masas, los adulan o los atizan, para ganar audiencia al precio que sea. Eso pasó con El Universal que el 7 agosto publicó sin firma: “Esbeidy abandona lugar donde fue el multihomicidio”, y una foto de la chica de espaldas acompañada por otras dos personas.
“Al salir, la joven de 29 años llevaba consigo tres maletas, una almohada y un muñeco de peluche de color verde. […] La salida de Esbeidy la capturó la reportera Lourdes Murguía, del equipo del noticiario radiofónico que encabeza Ciro Gómez Leyva.
“Esbeidy y las dos personas que le acompañaron caminaron de la calle de Luz Saviñón hacia el Eje Central y Doctor Barragán donde el sujeto realizó una llamada y minutos más tarde llegó un automóvil Stratus color gris, en el que se retiraron del lugar.
“Al final, algunos vecinos comentaron que la joven vestía la misma ropa que portaba aquel trágico viernes 31 de julio que conmocionó a los capitalinos. Redacción”.
¿Para qué era útil esa información?
***
En suma, el sanguinario asesinato desató partes negativas del periodismo, lo principal, la desinformación, intencional o no, por la urgencia de dar la primicia y las filtraciones intencionadas de la autoridad. Eso también era motivo de crítica hacia la PGJDF.
Es cierto que la sociedad tiene derecho a recibir información pero, como señala el especialista en justicia penal y otros temas, Guillermo Zepeda Lecuona:
“El derecho fundamental a la información pueden colisionar, principalmente, con derechos como: Derecho a un juicio justo e imparcial (vinculado también con el principio o presunción de inocencia). Derecho a la seguridad pública, eficacia en la investigación de la verdad de los hechos y a la efectiva represión del delito. Presunción de Inocencia. Derechos de las víctimas de los delitos. Derecho al honor y al buen nombre”.
No obstante, los medios siempre tienen forma de acceder a la información judicial, y la justicia no puede imponer sanciones porque el periodista está amparado en el secreto profesional. Además, está el interés de la autoridad cuando pretende enfocar la atención hacia un lado conveniente y filtra a los medios la parte que le interesa se publique.