La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó las multas impuestas por actos anticipados de campaña al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y su candidata al gobierno del Estado de México, Delfina Gómez. La sanción asciende a 452 mil 940 pesos.
Esta resolución se da tras la revisión del recurso de inconformidad interpuesto por los señalados en contra del fallo del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), que en febrero pasado, atendiendo a una queja presentada por el PAN, multó a Morena y Gómez Álvarez, aduciendo que el contenido de su precampaña vulneró la normatividad electoral.
Durante la discusión, el TEPJF coincidió con el fallo del tribunal local, en el sentido de que en los eventos celebrados entre el 26 y 29 de enero del presente año en diferentes municipios del Estado de México, tanto Morena como Gómez Álvarez incurrieron en actos anticipados de campaña, al entregar indebidamente propaganda política, efectuar la promoción de un potencial aspirante y hacer señalamientos en contra de otros posibles contendientes, con lo cual se vulnera el principio de equidad de la contienda.
Al refutar el alegado de los señalados en el sentido de que no realizó una investigación exhaustiva de los hechos, el máximo tribunal sostuvo que se revisaron a detalle los documentos emitidos por el tribunal local, así como los videos adjuntos sobre los actos impugnados.
(Con información de Reforma)
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