“¿Quién es quién en las mentiras?” violó la ley, provocó censura y erosionó la democracia, determina Tribunal

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La sección “¿Quién es quién en las mentiras?”, que el expresidente Andrés Manuel López Obrador implementó en su conferencia diaria fue una herramienta de estigmatización en contra de periodistas, pagada con recursos públicos, lo que erosionó la democracia y fomentó la censura de los medios. 

Asimismo, la mera orden de crear esta sección, manifestada verbalmente por el presidente en una conferencia, violó “el derecho a la legalidad y las libertades de prensa, de expresión e información”. 

Lo anterior lo determinó el vigésimo Tribunal Colegiado en en materia administrativa del Primer Circuito al resolver el amparo promovido por el periodista Raymundo Riva Palacio, que en repetidas ocasiones fue atacado en dicha sección, a cargo de la exfuncionaria Elizabeth García Vilchis. 

Vilchis era la lectora de un guion que estigmatizaba, agredía, insultaba y calumniaba a periodistas y medios de comunicación críticos a AMLO y a su administración. Cada semana, Vilchis salía a expresar, con sorna, diversos calificativos en contra de la prensa, al tiempo que supuestamente “desmentía” diversas investigaciones incómodas al poder. 

En reacción, Riva Palacio interpuso un amparo para que no se le mencionara en las mañanera, el cual ganó en primera instancia en enero de 2024. Se trata del juicio de amparo 1369/2023. El amparo concedido al periodista fue impugnado por el gobierno federal, que pidió una revisión. Fue así que el asunto llegó al vigésimo Tribunal Colegiado mencionado arriba. 

Este lunes, el mencionado tribunal llegó por unanimidad a la determinación que la sección violó la ley al usar recursos públicos “para generar en realidad campañas de desinformación, propaganda oficial, juicios mediáticos de desprestigio, exposición de datos personales y ataques a la vida privada y al honor de ciudadanos o periodistas considerados opositores al gobierno”. 

Los magistrados Fernando Silva, José Sebastián Gómez y Salvador Alvarado determinaron lo anterior y señalaron también que la mencionada sección se creó por una orden verbal del presidente, es decir, sin un mandamiento escrito que estableciera parámetros de acción y reglas claras, lo que creó un “sistema de propaganda gubernamental posfactual que deforma la verdad desde el poder y reprime a la prensa crítica”. 

En voz de García Vilchis, dicha sección funcionó  “como un instrumento de estigmatización, utilizando recursos públicos para desacreditar y señalar de manera unilateral a periodistas críticos como ‘mentirosos’, atribuyéndose de facto la facultad de definir la ‘verdad’ y la ‘mentira’ desde el poder político, lo cual contraviene las libertades de pensamiento, de expresión y de prensa”, señalaron. 

Tanto el ex presidente como su exvocera “transgredieron los derechos fundamentales del quejoso relativos al honor y dignidad, reputación y a la privacidad. Esto por contener información que no es veraz, no es objetiva ni imparcial”. 

El Tribunal ordena que el “Poder Ejecutivo se abstenga de afectar su esfera jurídica, a través de plataformas de comunicación social que se aparten de los parámetros de veracidad; objetividad; neutralidad e institucionalidad, en detrimento de los derechos humanos a los datos personales, a la vida privada y al honor del periodista promovente. El Poder Ejecutivo y las autoridades responsables se abstengan de emitir manifestaciones o declaraciones públicas que exhiban datos e informaciones íntimas y privadas del periodista quejoso, o que impliquen ataques, denostaciones y descalificaciones a su persona”. 

Es decir, que aunque AMLO ya no está en funciones, la sentencia es válida para quien ocupe la presidencia. Así, el amparo se le concedió al periodista de manera definitiva. 

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