viernes 22 noviembre 2024

Costo del espectro: ¿condenados al subdesarrollo?

por Gerardo Soria

El costo del espectro radioeléctrico en México es de los más caros del mundo. Tan es así, que la licitación IFT-10 que concluyó apenas el 4 de octubre pasado fue un rotundo fracaso. De 41 bloques de espectro que pueden servir para iniciar el despliegue de las nuevas redes 5G sólo se asignaron 3 a Telcel y AT&T. La asignación de espectro para 5G ha sido un éxito en la mayoría de los países con los que comerciamos y competimos. La forma en que esta tecnología revolucionará al sector telecomunicaciones y a la economía en general tiene aún alcances insospechados. Desafortunadamente, todo indica que, una vez más, los mexicanos llegaremos tarde a las grandes transformaciones de nuestra civilización.

El afán de la Secretaría de Hacienda y de la mayoría en el Congreso de la Unión por recaudar dinero en lugar de privilegiar el desarrollo nos terminará saliendo más caro. Telefónica y AT&T ya devolvieron espectro por lo gravoso de los derechos, y, como vimos en la reciente licitación, no se vislumbra ninguna empresa con interés de incursionar en el caro y concentradísimo segmento móvil. Los políticos no se dan cuenta de que el espectro más caro es el que no se usa, como si guardarlo fuera una especie de ahorro. Las concesiones de espectro sólo dan derecho a desplegar luz en el espacio; si la lámpara está apagada, no estás ahorrando nada, simplemente estás dejando de aprovechar la tecnología para la conectividad.

Al día de hoy, la mayor carga tributaria por el uso del espectro son los derechos que cada año fija el Congreso de la Unión y que deberían responder a criterios técnicos y de cobertura universal antes que recaudatorios. El valor del espectro debería variar dependiendo del uso que se le pueda dar, sus características técnicas de difusión y cobertura, o la capacidad que tenga para transmitir datos a alta velocidad. Nada de esto es tomado en cuenta por el Congreso de la Unión al reformar la Ley Federal de Derechos.

Por ello, la reforma en telecomunicaciones de 2013 estableció que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico. Del texto literal de los artículos 6 y 28 constitucionales se desprende que es el IFT, y no el Congreso de la Unión, el que tiene todas las atribuciones para imponer cargas económicas por el uso del espectro radioeléctrico. Existen importantes precedentes establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en este sentido.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 105, fracción I, inciso l) de la Constitución, corresponde a la SCJN conocer sobre las controversias constitucionales que se susciten entre dos órganos constitucionales autónomos, y entre uno de éstos y el Poder Ejecutivo de la Unión o el Congreso de la Unión sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales. Desde su creación, el IFT ha estado implicado en varias controversias constitucionales que han ido delimitando el alcance de sus atribuciones, de tal manera que si se trata de regulación técnica en materias en las que la propia Constitución otorga la facultad al IFT, éste tiene la atribución originaria y oponible contra actos del Congreso de la Unión que invadan su esfera de atribuciones. Tal es el caso de la Ley Federal de Derechos en matera de espectro radioeléctrico.

En este sentido, me parece que el Instituto debería retomar sus atribuciones plenas en materia de administración del espectro radioeléctrico y demandar en controversia constitucional al Congreso de la Unión por la imposición arbitraria de derechos por el uso del espectro radioeléctrico. Estoy consciente de que los derechos han sido establecidos en ley desde hace mucho tiempo, pero todo el andamiaje jurídico en la materia fue modificado con la reforma constitucional del 2013 y la creación del IFT, por lo que nunca es tarde para que el Instituto recupere sus atribuciones y promueva la cobertura universal en lugar de someterse al afán recaudatorio de la Secretaría de Hacienda y el Congreso de la Unión.


Este artículo fue publicado en El Economista el 13 de octubre de 2021. Agradecemos a Gerardo Soria su autorización para publicarlo en nuestra página.

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