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Ahora con los afanes de poner orden y “reglamentar”, hay una inquietud que ronda las redes sociales cada vez con más frecuencia; que los usuarios que se registren en estos servicios validen su identidad con sus datos reales. Se cree que esto, entre otros, ayudaría a resolver el abuso en la creación y uso de cuentas falsas. Sin embargo, lo interesante es que en caso de volverse un requisito indispensable se puede estar vulnerando la libertad de uso del seudónimo.

El seudónimo

Un seudónimo es una forma de denominación alternativa, libre y espontáneamente adoptada por su creador, que en el caso de las redes sociales toma forma con el nombre de usuario elegido al momento de registrarse y no utilizar el nombre verdadero. Esa es precisamente una de las características inherentes a las redes sociales, donde cada uno de los usuarios se construye a sí mismo en todos los aspectos, incluyendo la libertad de elegirse un nombre, aunque no sea real y, una imagen que lo represente aunque no necesariamente sea su foto.

Una de las ventajas de utilizar un seudónimo es proteger la identidad de una persona, del usuario, limitando la posibilidad de que sea identificada, es decir, como una forma de privacidad.

Así, es conveniente recordar que la privacidad es un derecho reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su artículo 12 a la letra dice:

“Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

Luego pues, se puede afirmar que se tiene el derecho al seudónimo.

Tan es un derecho el uso de un seudónimo dentro de una red social, que el caso opuesto, cuando un usuario elige registrarse bajo seudónimo y se exhibe su nombre real, es una vulneración a la privacidad que puede ameritar la penalización que corresponda como violación de los términos de uso.

La identidad real ¿solución?

Quienes argumentan que validar la identidad real de una persona para su registro en servicios como las redes sociales, consideran que esto limitaría los excesos y abusos que abundan al comprometer a los usuarios a mantenerse más apegados a lo que sería su conducta como lo harían de manera presencial ante su interlocutor. Y en su caso, al haber algún comportamiento que lo amerite, facilitar la ubicación del usuario y proceder, si acaso incluso se requiere, de manera legal.

Tal vez en concepto suena ideal, pero la realidad es que tomar una medida así para acotar el comportamiento de los usuarios implica riesgos y complejidades que posiblemente no lo compensan.

Getty Images

El más recurrente, que puede entenderse solo como responsabilidad de la empresa dueña de una red social, son las vulneraciones de seguridad que terminan en fugas o robos de datos. Aunque esté debida y legalmente constituida en México, lo que las obliga a cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP), la realidad es que el resguardo de la información siempre será un riesgo presente. A mayor cantidad y precisión de datos personales reales, mayor la gravedad del daño que se puede causar.

Ya existen casos que merecen atención, por ejemplo, las vulneraciones a los modelos de seguridad deficientes de los sistemas de Parler y Gab.ai que expusieron los datos de registro de sus usuarios, que para el caso de Parler, además, exige la identificación plena de quien está solicitando el registro. Por cierto, misma información que posteriormente se usó para la investigación del intento de toma del capitolio el pasado enero.

Existe otra serie de riesgos que para este momento ya se corren por la falta de precaución de los usuarios al exhibir su actividad e información real y que obligar a validar la información sólo puede hacerlos más graves. Es frecuente quedar expuestos ante ojos no deseables que aprovechan esta información para conocer actividades y entorno próximo de usuarios que potencialmente les resultan de interés como víctimas de algún ilícito. Suplantación de identidad, usurpación de identidad, extorsión y hasta secuestro, por mencionar solo algunos.

En el supuesto que se reglamentara esta condición, uno de los aspectos a resolver seria ¿contra qué se pudiera validar cuando se genere un registro en una red social que confirme fehacientemente la identidad del usuario? En casos donde se requieren datos personalmente identificables, como las compras en Amazon, o el registro en servicios como Uber, la precisión de los datos entregados es responsabilidad del usuario como primera condición de la calidad del servicio que se reciba.

También es necesario mencionar que las mismas redes sociales ya manejan algunas políticas donde se verifica la identidad del usuario que registra una cuenta. El principal criterio es dar validez y certeza respecto a la relevancia e interés público que tenga el usuario dueño de la cuenta. Y eso no cambia el hecho de encontrar personas con cuentas registradas y verificadas, cuyas interacciones son más bien simples y meros ataques personales, aunque sean presidentes, expresidentes y hasta diputados en funciones.

La atención en la interacción

En todas las redes sociales existe el problema del abuso de cuentas que simulan ser otros usuarios, pero no son reales y que sólo se utilizan para ofender y reventar la conversación con interacciones hostiles, las cuentas falsas, los sockpuppets.

Tal vez entonces lo primero, lo urgente, lo que esta inmediatamente a la mano del usuario, es hacerse responsable y con madurez decidir libremente con quién, cómo, cuándo, puede o no interactuar. Quiere o no interactuar.

Hagamos red, tomemos el control. Sigamos conectados.

Autor

  • Leo García

    Diseño y coaching de estrategias para manejo de redes sociales. Experiencia en análisis de tendencias en línea.

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