El Poder Judicial Federal dejó ir otra oportunidad

¿No que no hace política el Poder Judicial? Así como en algunas otras que de una manera más abierta se han dado en los últimos tiempos, esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es política, no jurídica. Este Poder no termina de asumir su papel de Poder independiente, constitucional, legal, doctrinal, institucional, moral e histórico que le corresponde, como parte que es de la División de Poderes del Estado Mexicano; esto es del equilibrio funcional razonado del Estado, que por salud y armonía funcional político democrática, debe existir ante el poder omnímodo de este último ente político-jurídico.

No es fracturación y menos rompimiento, solo independencia de los otros poderes en el ejercicio pleno de sus funciones, porque la justicia es la última instancia, el último eslabón, el último peldaño, el último reducto, donde se tiene la última esperanza para obtener justicia, ya que es donde invariablemente se debiera decir la última palabra en la verdadera, auténtica, correcta, técnica y estricta interpretación, aplicación de la ley y  resolución, conforme a sus funciones constitucionales y no de ninguna otra índole; es decir, sin ningún vicio o giro político, ni ideológico alguno que la pueda manchar, siempre con pleno conocimiento, experiencia y prudencia, para hacer real y efectivo el Estado de Derecho. La auténtica justicia, constitucional, legal, doctrinal y jurídicamente, no tiene adjetivos, como tampoco tiene colores políticos ni ideológicos.

En un verdadero Estado de Derecho, no de a mentiritas, la aplicación de la Ley y la impartición de la justicia no se discute ni se toma el parecer en concentraciones públicas; no se somete a plebiscito; no se somete a referéndum; no se pone a consulta, ni a ningún otro mecanismo popular similar propios de la política y de la democracia. Simplemente se busca y se dicta la verdad constitucional y legal, por lo que se deben poner los asuntos en manos de los tribunales judiciales, en donde se observan los procedimientos jurídicos, se aplica la Ley y se imparte justicia.

Triste papel es el que ha jugado en esta, como en otras ocasiones, el Poder Judicial de la Federación. Por lo menos ese es el sentimiento general de la gente. En este tema de si se debía o no poner a consulta enjuiciar a todos los expresidentes sobrevivientes del país, con excepción del expresidente Luis Echeverría Álvarez, y porque los demás ya murieron, el Poder Judicial Federal dejó ir otra oportunidad de recobrar su libertad e independencia funcional perdida ante los otros poderes, su autonomía de gestión judicial imparcial que ya había empezado a tener, para sin contaminación política ajena, impartir justicia.  Esto es, sin la injerencia expresa o tácita, o de tener que recepcionar mensajes cifrados de dichos poderes, pues como lo diría la voz popular: “Te lo digo Juan para que lo escuches Pedro”, para con autenticidad juzgar e impartir justicia sin la interferencia de los demás poderes, con lo cual había venido aumentando su necesaria e indispensable credibilidad.

La cabeza del Poder Judicial Federal, que lo es la Suprema Corte de justicia de la Nación en cuanto a su facultad decisional última en la interpretación de la Constitución, de la ley y en la impartición de la justicia, y no orgánicamente que lo es el Consejo de la Judicatura Federal, ensombreció el prestigio de este Poder que mucho trabajo le a costado construirlo a otras generaciones de ministros, magistrados y jueces, llevándose entre los pies a los demás miembros del resto de los entes judiciales de su estructura orgánica. Aunque tratándose de violación a derechos humanos, todavia podrían estar las instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Internacional de Derechos Humanos, cuyas resoluciones y recomendaciones debe observar y atender el país, conforme a los convenios y tratados internacionales celebrados, y porque así lo establece la misma Constitución General de la República, y hay pronunciamientos y resoluciones del propio Poder Judicial Federal en este sentido.

¿Por conductas como esta, ha caso habrán pensado los ministros que votaron a favor de la constitucionalidad de la citada consulta, en que su paso por la Corte Suprema de la Nación quedará negativamente registrado en los anales de la historia y que su nombre podría llegar incluso a ser ignorado o borrado, como sucedió en la época romana cuando se trataba de algo o de alguien que no merecía o no era digno ni siquiera de mencionarse en la memoria de su historia o, en el mejor de los casos, por lo menos para ser reprobado por esta? ¿Que irán a pensar sus descendientes del papel que desempeñó su ascendiente en su andanza por el máximo tribunal del país? ¿No pensaron que el país es primero y que está por encima de cualquier otra cosa? ¿no pensaron en el daño que le pueden hacer al país y a un pueblo con sus resoluciones a modo para el poder? Con su proceder, lamentablemente degradaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Bueno, hay que decirlo, no todos los integrantes del más alto tribunal de justicia de la Nación tienen de que apenarse, pues hay profesionales del Derecho que sabiendo de la suprema responsabilidad; del sublime significado que representa ante la Nación tener una alta investidura en el Poder Judicial y de la enorme trascendencia que por la propia naturaleza de este Poder pueden tener sus decisiones jurídicas, cumplen profesionalmente con su función ajustándose a la normativa vigente y a hacer la apropiada y prudente justicia jurídica con la Constitución y la Ley en la mano.

Lo que se está propiciando con esta resolución, es que se realice, lo digo de una manera paródica, una especie de impartición de justicia y castigo popular a la vieja usanza del circo romano mediante el dedo flamígero ante el clamor de la multitud, o como lo fue en otro tiempo, en otro lugar y en otro escenario, al modo de la impartición de la justicia y castigo popular en la guillotina pública, en la página negra de la Revolución Francesa. Con esto se está propiciando que se haga una especie de linchamiento político, dándole “pan y circo” a un sector de la población. Y este es un grave error y precedente para futuros casos similares, pues se está dando pauta para que prácticamente lo que sea relacionado con la justicia, se ponga a consulta popular.

Era el único Poder en el que, ingenua o ilusamente, todavía creía la gente que tenía libertad e independencia, pero se comprobó que no es cierto, pues ya había dado muestras de ello. Dejó de ser un Tribunal Constitucional. Desnaturalizó su naturaleza constitucional, legitima y jurídica, ya que, como Tribunal Constitucional, su deber y obligación es ser el férreo guardián último de la Constitución y, sin variación alguna, siempre resolver con escrupuloso apego a esta, para cumplir con su auténtica razón, esencia y misión de impartir justicia.  La justicia alcanza su plenitud cuando se imparte con una voluntad sin trabas, despojándose de cualquier apetito de poder, para que esta aparezca con toda pureza, fuerza y esplendor.

Su obligación constitucional era decir si era constitucional o no hacer ese tipo de consulta, no otra cosa. ¿De dónde saca ahora que hasta puede resolver señalando incluso la forma y los términos de cómo debe hacerse la consulta?, si su papel era solo eso, resolver si esta era o no constitucional. Que por cierto, es una redacción kafkiana y churrigueresca, porque me parece que para el debido entendimiento de la gente está muy abigarrada, enredada, confusa e ininteligible para quien irá dirigida; es decir, al pueblo.

De seguir en esta dinámica, pues entonces ahora la Suprema Corte de Justicia de facto hasta se podría convertir en legisladora; en otras palabras, en un Poder dual: en legisladora y juzgadora a la vez, invadiendo y apropiándose de las facultades del otro Poder, en aquellos caso que lleguen a sus manos algunas controversias de posible inconstitucionalidad de leyes o preceptos de estas que se presenten, no solo al determinar que sean inconstitucionales, sino hasta enmendándole la plana al Poder Legislativo, mandándole incluso el texto que debe contener la disposición legal impugnada, para que se apruebe en esos términos.

Veamos el precedente de este asunto. La que propuso y mando primigeniamente el presidente de la Republica a la Cámara de Senadores, y que esta a su vez la puso a la consideración de la Suprema Corte para que determinara si era constitucional o no,  fue esta:   “¿Está de acuerdo o no, con que las autoridades competentes investiguen y en su caso sancione la comisión de delitos de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, antes, durante y después de sus gestiones?”

Victoria Valtierra/Cuartoscuro

Y la que finalmente redactó y autorizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue en los siguientes términos: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”

Dicho sea de paso, con esta resolución la Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió la puerta para que en cualquier momento igualmente puedan ser sometidos al escrutinio popular durante su ejercicio y después de este, para que también puedan ser juzgados por su actuación.  Porque de lo contrario, cabría la pregunta ¿por qué a unos sí y a otros no?, ya que a propósito de vox populi, como bien reza ese dicho popular, “o todos coludos o todos rabones”. Así es como debe entenderse el Estado de Derecho, en el que todos, gobernantes y gobernados, observen la ley y a la vez que les sea aplicable cuando la violenten. La aplicación de esta no solo es de ida pero no de vuelta; es decir, solo para los gobernados pero no para los gobernantes, pues en esto no hay excepciones. No se vale, como también dice el refrán popular “hágase justicia en los bueyes de mi compadre.”

El pueblo jurídicamente no debe decir si se hace o no justicia. La ley y la justicia no se debaten, no son negociables, ni monedas de cambio. La ley y la justicia simplemente se aplican. Ciertamente cuando hay un Poder Legislativo auténtico, serio, profesional y verdaderamente representante del pueblo y responsable de la dirección correcta del país, el pueblo es, a través de sus representantes legítimos, legales y haciendo eco del sentir de la voluntad general, quien hace la ley, pero una vez que la elabora y entra en vigencia, queda fuera de su ámbito decidir si se aplica y si se hace justicia o no, toda vez que para eso hay instituciones creadas por él mismo, responsables y encargadas jurídicamente para impartirla. Para eso hizo la ley y creó las instituciones; en este caso, precisamente para que se aplique y se imparta justicia, no para decir si se aplica o no, ya que de lo contrario, no tendría razón de ser que las emitiera, pues en todo caso,  a la antigua costumbre anterior a la civilidad que contrajo el Contrato Social y de la creación del Estado de Derecho, mejor él decidiría por su propia mano hacer justicia, cuando, a quienes, en donde, en que términos y en que supuestos hacerla o no.

La impartición de la justicia no es objeto de la democracia. Ciertamente un Poder Judicial, siempre y cuando realmente sea libre, independiente y autónomo de los otros Poderes, sí es parte e importa mucho a la democracia en la conformación de la estructura del Estado, pero ello no significa que deba someter la impartición de la justicia al escrutinio público; en otras palabras, a los mecanismos populares que forman parte de la democracia. De ahí que, por eso, en buena razón, los integrantes del Poder Judicial, que son los únicos de los tres Poderes, no son electos por el pueblo, pues de lo contrario, entonces también estos tendrían que ser electos por el voto popular. La instauración del Estado de Derecho es parte de la democracia para que se observe debidamente, pero no para que en esta se delibere si se debe observar o no, porque si fuera así, este no sería un genuino Estado de Derecho Constitucional.

Creer lo contrario, entonces habría que pensar en que todos los delitos que se cometan, sin distinción de sus actores, que se consulte si se investigan y enjuician o no y, por lo tanto, si se aplican las sanciones o no.   Porque en este supuesto, de no hacerlo de esta forma, entonces cabría preguntarnos: ¿por qué sólo en unos casos sí y en otros no? ¿Por qué a unos sí y a otros no, si todos podrían caer en el supuesto de presuntos delincuentes? ¿O acaso es a criterio y discreción? La ley, la aplicación de esta y la procuración e impartición de justicia no es discrecional, toda vez que se vulnera y hace nugatorio el Estado de Derecho. Y en un país realmente democrático, no se trata de vivir en un falso, engañoso o fingido Estado de Leyes.

Muchas veces se ha dicho y se dice adentro y afuera del Poder judicial, que este Poder es apolítico. Pero no, la verdad es que no es asì. No les será permisible que abiertamente asistan y participen en actos políticos, pero hacen política y a veces con la propia justicia. No es cierto que lleguen al cargo solo por altos conocimientos jurídicos y experiencia; es decir por sabiduría jurídica y méritos judiciales propios. Las más de las veces siempre llegan etiquetados y barruntados con el aroma del beso político; con el del padrino.

Pero bueno, como los altos niveles invariablemente tienen un origen o ya van cubiertos con un manto político sagrado al  cumplimiento del formalismo parafernálico de su elección, designaciones o nombramiento, tienen que pagar el precio del cargo, ya que cuando no es por recomendación o visto bueno de hombres de poder, lo es de legisladores, fracciones parlamentarias o de partidos políticos, y una prueba de esto es el  recorridos que previamente se ven en la necesidad de hacen por los pasillos de estos lugares, para buscar el apoyo, o por lo menos para que no los vean con malos ojos y los veten, ya que algunos a veces ni carrera judicial tienen, a fin de consolidar y apuntalar su candidatura al cargo. Unos dan muestras o dan pruebas de complacencia con el poder; otros pagan favores y alguno probablemente tiemblan y actúan con temor ante la fuerza del poder, al momento de resolver asuntos que son del interés del poder político o económico.

Bueno, la sociedad ya los está juzgando y reprobando, pero falta la historia que también los juzgará y la Nación los demandará, porque cuando tomaron posesión del cargo, solemnemente juraron cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen.

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