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sábado 14 diciembre 2024

El derecho a la información plural

por José A. Mier y Concha Jiménez

En 1506 comenzó la construcción de la actual Basílica de San Pedro sobre la original, edificada casi mil 200 años antes y tuvo un costo monumental además de su inapreciable valor artístico.

El dinero disuelve pecados

El dinero siempre es insuficiente, por eso parte de los recursos trataron de conseguirse con la venta de indulgencias. Comprándolas se libraban las penas temporales impuestas por pecar (tenían que confesarse los pecados y había que arrepentirse por haberlos cometido, pero los rezos o peregrinaciones que debían cumplirse podían condonarse).

A comienzos del siglo XVI la doctrina de las indulgencias había llegado al límite por los abusos que la abundancia, avaricia e ignorancia provocaban. Martín Lutero rechazaba su validez, entre muchas otras cosas, porque había cientos de personas que las compraban y al confesarse las presentaban para hacer efectiva la supuesta promesa de perdón de sus pecados. Él quiso que el tema fuera debatido en la Universidad de Wittenberg y, siguiendo la costumbre universitaria, el 31 de octubre de 1517 pegó las que después fueron conocidas como sus 95 Tesis en la puerta de la iglesia en la misma ciudad. También las envió por carta al arzobispo Albert de Maguncia, así como al obispo de Brandeburgo.

La quema de las ideas

Se afirma en libros de historia que aproximadamente dos semanas después las Tesis eran conocidas en todo el Sacro Imperio Romano Germánico y en un par de meses en el resto de Europa. Ésta fue la primera controversia difundida por el gran invento que fue la imprenta, porque en 1520 el Papa León X publicó la bula Exsurge Domine, en la que condenó 41 de las 95 Tesis, dándole a Lutero 60 días para retractarse. Él no lo hizo y quemó públicamente un ejemplar de la bula. Todo esto le dio aire a las ideas que después fueron motivo de terribles guerras religiosas en el continente. En el Imperio hubo paz temporal hasta 1555, cuando se firmó el tratado que conocemos como Paz de Augsburgo. En dicho acuerdo se fijó como principio el de cuius regio, eius religio por el que los príncipes tenían libertad de decidir sobre su preferencia religiosa e imponerla a los súbditos en sus territorios (lo que creía la mano lo tenían que creer todos los de atrás).

Modernos inquisidores

Lo anterior lo comento porque en el siglo XX me encomendaron, como abogado, participar en la defensa de una empresa de Brasil (Radio Record), que litigó y ganó en México un juicio porque la Organización de la Televisión Iberoamericana (OTI) impidió que pudiera trasmitir en su país los juegos del Mundial de fútbol de Francia en 1998, a pesar de que tenía el derecho de hacerlo. La presidencia de esa sociedad la tenía en aquel entonces Globo, que hizo lo necesario para que su competidora no pudiera ganar audiencia. Uno de los motivos era simple desconfianza porque de un lado son católicos y del otro no.

Globo tuvo que ceder la batuta de la OTI a Televisa cuando llegó el tiempo estatutario y por circunstancias que no viene al caso especificar tuvieron pláticas con los representantes de Radio Récord para que se llegara a un acuerdo. Todavía quedaban algunos ejecutivos en la OTI que provenían de Globo y uno de ellos me recriminó no comprender como católico sus reservas frente al avance en auditorio de quienes pensaban de una manera diferente sobre temas religiosos.

Pensar diferente fue en esta parte del planeta motivo suficiente para presentar información sesgada o para suprimir la difusión de ideas, por eso el año pasado el Congreso mexicano aprobó modificaciones a los artículos 6º y 7º de la constitución. Una a la que no se le ha dado toda la importancia jurídica que merece es la contenida en el segundo párrafo del primero de esos artículos. Ahora es fundamental el “derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

El acceso a la información plural

Libre acceso a información plural y oportuna implicaría que se repitiera un debate como el que tuvo Lutero con la iglesia, que en prensa escrita, radio, televisión o Internet desde el país, los seres humanos que aquí vivimos pudiéramos saber leyendo, escuchando o viendo lo que dijesen los contendientes en igualdad de circunstancias y oportunidades. Eso equivale a presentar opiniones debatidas u opuestas en la misma plana en periódicos o revistas, o durante el mismo espacio en radio o televisión, sin darle preferencia a una en detrimento de otra y sin que los medios de comunicación puedan tratar de imponernos el punto de vista de sus socios, representantes o apoderados como el mejor, transformando el vetusto principio de cuius regio, eius religio, en un cuius dominus, eius iudicium.

Hace años, por ejemplo, la casa editorial que publica la revista Caras se quejó porque en la tienda de los tres tecolotitos se negaron a vender el ejemplar en el que se escribió sobre el divorcio de Emilio Azcárraga Jean. La fuente interna y confidencial que me lo dijo sostuvo que la negativa se basó en que ellos tenían derecho a comercializar lo que quisieran y como Emilio y Carlos hijo se llevaban muy bien, decidieron no darle publicidad a la revista con esa nota. Hoy en día no podrían repetirnos esa faena.

La plena aplicación de este derecho fundamental consagrado en el segundo párrafo del artículo 6º de la Constitución implica un cambio de mentalidad y comportamiento entre quienes se dedican a difundir información en México. Ya no se vale presentar la opinión que más guste o mejor acomode en plana u horario estelar o especial, relegando las contrarias en lugares escondidos o tiempos con poca o sin audiencia, o rechazándolas.

Plural implica multitud, colectividad. Nos abarca a todos y en todo tipo de temas: políticos, económicos, deportivos, culturales o sociales. En México se pretende satisfacer esa obligación presentando a comentaristas independientes (miembros de nuestra tradicional comentocracia) en espacios separados en el que cada quien va a su propio aire y al son de cada loco con su tema. No tenemos contrastes concretos en temas específicos. Por ejemplo, no hay un canal liberal distinto al del perfil ultraconservador de Fox News como hace MSNBC en el territorio de nuestro socio, Estados Unidos de América. Aquí en programas como Tercer Grado o en la Mesa Política del programa de la señora Aristegui, el perfil de los periodistas, comentaristas o intelectuales que participan es el mismo, aunque tengan algunas pequeñas diferencias personales. Eso no es pluralidad.

De difundirse las ideas de Lutero en México, se habrían extinguido. Habría dependido básicamente del pegado de sus Tesis en la puerta de una iglesia. La prensa escrita casi no se habría referido a las mismas y menos la radio o la televisión comercial. Ah, y para qué hablar de quienes se encargan de la publicidad, pues en muchas ocasiones pretenden influir en la difusión de ideas alegando que por pagar tienen el derecho de darle perfil a lo que se informa.

Obviamente no todo es malo, pero mucho todavía no se hace bien. La simple reforma a la Constitución no es suficiente. Debemos demandar a los medios de comunicación que nos cumplan dándonos acceso a información plural en igualdad de circunstancias y oportunidades, y que difundan ideas de toda índole sobre temas concretos en momentos coincidentes, permitiéndonos decidir al contrastarlas sin que las pulan o empolven. Todavía queda materia pendiente. Exijámoslo, pues es nuestro derecho.

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