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miércoles 04 diciembre 2024

Ideas para una reforma posible

por Marco Levario Turcott

Creemos que vale la pena revisar el fracaso de los intentos por reformar la radiodifusión en México, y eso es lo que intentamos en las siguientes páginas de etcétera. Algo hemos hecho mal todos los sectores interesados y hay que escudriñar al respecto.

El ejercicio podría ser útil para construir alternativas viables. Desde ahora, sin embargo, pueden proponerse principios y apreciaciones globales desde las cuales estructurar acuerdos que modifiquen la ley. Ponemos a su consideración las siguientes ideas que no pueden, ni se plantean, ser exhaustivas:

  1. La causa reformadora necesita ser incluyente; el fracaso de tantos años nos dice que la reforma a los ramos de la radiodifusión y las telecomunicaciones debe ser concurrente y comprender el parecer de todos o no será posible. Eso que parece tan sencillo deja de serlo cuando unos u otros actores se pretenden eludir o dinamitan puentes de entendimiento. En suma: sólo al reconocer el interés del otro es como se hace viable una ruta fructífera.

  2. Entonces, no hay que buscar aniquilar al enemigo sino conversar, contrastar y pactar con el adversario. Eso significa hacer política, y a nuestro entender no es política el denuesto o la reducción de las distintas perspectivas a un entorno de epopeya, al desencuentro entre buenos y malos. Tampoco es política el albazo legislativo -como el ocurrido en la Cámara de Diputados el 5 de noviembre de 2005 y que luego convalidó la Cámara de Senadores- o la conspiración para ver cómo se elude la ley cuando de lo que se trata es de transformarla. La reforma será pactada o simplemente no se dará.

  3. Es indispensable reconocer que nadie tiene la tutela de la “reforma integral” y que ésta, en distintas ocasiones, ha sido frase para descalificar a quien no piensa igual a nosotros. Más aún, creemos que tiene sentido reparar en que la “reforma integral” en su orientación absoluta no es viable, y que incluso convertida en proclama podría operar como obstáculo a las reformas posibles y en una forma de perpetuar el estado actual de las cosas.

  4. Es tal el rezago entre la estructura normativa y los medios de comunicación, que ahora la ley no basta para tutelar a la radiodifusión y las telecomunicaciones Ideas para una reforma posible en su funcionamiento tradicional y, ante todo, para encauzar el impulso tecnológico. Entonces, la reforma implica actualizar las reglas de operación de los medios y fijar otras tantas que delimiten al proyecto digital del que carecemos. H ay que mirar al futuro y colocar el enfoque, por ejemplo, en el acceso a la banda ancha de alta velocidad y en todo lo relativo a las nuevas formas de trasmisión donde Internet es esencial.

  5. El quid de esto se halla en el contenido de los cambios que cada quien presente, por lo que si al enarbolarse la reforma integral se quiere decir que los cambios aúnen a la radiodifusión y las telecomunicaciones en la perspectiva digital, coincidimos: el desarrollo tecnológico de los medios requiere de eslabones que integren la era digital dentro de la sociedad de la información (y eso implica una política de la que ahora el gobierno carece). Asentimos más si desde esa perspectiva se dota de mejores elementos legales a la rectoría del Estado dado que el espectro radioléctrico es propiedad de la nación.

  1. Si somos capaces de precisar cuáles son los intereses de la nación a situar por encima de los particulares -y que ello no signifique ostentar que hay quien tiene la patente al respecto- podría avanzarse en esa ruta de acuerdos a la que convocamos. Hay que reconocer los intereses de los empresarios -tanto de los que invierten en la industria como de quienes buscan hacerlo- y no pretender que los depongan. En esa perspectiva, la ley tendría la virtud de ampliar la competencia, incluso de abrir oportunidades a la inversión extranjera, y regular el interés de los empresarios bajo la tutela del Estado.

  2. En junio de 2007, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales a buena parte de los preceptos legales resueltos en el Congreso entre 2005 y 2006. Ahora el debate que hubo en la Corte y sus determinaciones son referencia ineludible, sin embargo, no determinan el trabajo legislativo que, valga la obviedad, tiene la responsabilidad de hacer leyes o enmendarlas y, en esas tareas, la posibilidad de modificar artículos de la Constitución con el concurso de los partidos políticos, los empresarios de los medios y, en general, los sectores relevantes de la industria.

  3. Dar curso e incluso alentar a la competencia y regularla está entre los principales objetivos de la reforma, según creemos. Esto es imprescindible tanto para que en el país haya una oferta de contenidos más amplia, heterogenea y de mayor calidad, como para abrir más oportunidades al desarrollo económico. Nada menos estamos hablando de la industria que mayor dinamismo ha tenido en los últimos años, y una reforma sustancial debe incentivar ese despliegue en el marco de las oportunidades de trasmisión que presenta la era digital, lo que será determinante para diluir la concentración del régimen actual de concesiones.

  4. Los empresarios de la radio y la televisión requieren certidumbre, los que se ubican en el mercado y los que quieren acceder a éste tanto en el ámbito tradicional como en el digital. El tema del refrendo de las concesiones es uno de los que permiten del imitar los al cances de dicha certidumbre. Entre la polémica que hubo recientemente al respecto, existe sin embargo la coincidencia de cubrir el hueco de la falta de mecanismos para asignar concesiones o renovarlas (incluso es probable que en las próximas semanas el gobierno federal emita algunos criterios), por lo que vale la pena que desde el Congreso se encare el desafío. Consideramos que el refrendo de las concesiones debe ser automático al menos hasta en dos ocasiones por diez años cada una, si y sólo si los prestadores del servicio no incurrieron en alguna falta grave que señale la ley, entre otros lineamientos, a saber: 1) no trasmitir los tiempos que le pertenecen al Estado; 2) no trasmitir los anuncios que, situados en los tiempos del Estado, corresponden a los partidos políticos; 3) subarrendar el espacio sin que la autoridad lo apruebe; 4) rebasar límites en la comercialización de los tiempos y, 5) en general, todas las obligaciones que señala la norma actual, por ejemplo, no promover los llamados productos “milagro”, que se dicen a favor de la salud cuando en realidad atentan contra ésta. Claro está que para que suceda la decisión extrema de retirar alguna concesión, debe existir un esquema de sanciones que inhiba la transgresión de la ley, y no alentarla como ahora sucede dado los montos intrascendentes con los que se penaliza.

    Naturalmente, lo arriba señalado requiere precisiones, pero esto se orienta en la perspectiva de otorgar certidumbre a los empresarios y afianzar la rectoría del Estado que, en cualquier momento y no sólo al terminar el periodo de las concesiones, tiene la facultad de retirarlas y someterlas a licitación, además de obtener de los empresarios del ramo la respectiva contraprestación. También, habrá que pensar en un diseño institucional que evite cualquier acto autoritario del Estado y que, en cambio, delimite que es en el campo del interés público y la función social de los medios donde actuará el Estado.

  5. A propósito de certidumbres y desarrollo tecnológico de los medios de comunicación, desde hace casi ocho años en etcétera coincidimos con el otorgamiento de Frecuencias Moduladas a quienes operan en Amplitud Modulada. Al respecto, nos ceñimos a los criterios de la Comisión Federal de Competencia emitidos a finales de junio de 2008.

  6. Alentar y regular la competencia en el ámbito privado es tan esencial como integrar un modelo de comunicación vigoroso en los medios públicos, mediante normas que respalden independencia editorial, soporte financiero y tecnológico, así como su estructura de recursos humanos. El Estado es el único garante de ello, no obstante, los medios públicos podrían comercializar sus tiempos hasta en un 15% siempre y cuando los recursos se orienten a mejorar la calidad de las trasmisiones (los sueldos y salarios de los trabajadores formarían parte del presupuesto oficial). Junto con ello es imprescindible fijar reglas que sancionen si el tope se rebasa y especifiquen qué tipos de anuncios pueden difundirse.

  7. En el régimen que resulte para los medios de comunicación alternativos al ámbito privado y del Estado, las radios comunitarias así deberán llamarse: radios comunitarias; no vemos motivos para buscar atajos al nombre desde el que operan esas frecuencias en México y el mundo, y que son de una importancia social insoslayable, tanto, que aun cuando la actual ley no las comprende existe más de una veintena que opera con permiso. El cambio de nombre sólo tendrá sentido cuando esas formas de trasmitir operen también en la televisión. Ese régimen ha de comprender cuestiones básicas como garantizar que no haya frecuencias que operen sin permiso (o sea, igual que en la esfera privada sin el título de concesión por cierto, las radios piratas son eso, radios piratas y deben ser perseguidas por ley. Para las radios comunitarias se requiere delimitar requisitos, uno fundamental es que no operen sin antes obtener el permiso respectivo, para lo cual el Estado debe dar respuesta pronta y expedita. En general, la norma debe resguardar su sentido social por medio de un sistema de derechos y obligaciones para recibir presupuesto del Estado y comercializar sus espacios hasta en 10%. Todo esto además de que se les determinen sanciones específicas cuando el tope sea rebasado o estas radios transgredan la función social a la que se comprometieron.

    Esos son algunos planteamientos que definen la postura editorial de etcétera, con los que buscamos participar de la discusión y, sobre todo, ser espacio para el entendimiento entre los principales actores de la industria de la radiodifusión y las telecomunicaciones.

Foto: www.kapta.com.mx

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