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viernes 13 septiembre 2024

Ordenan a la Procuraduría de Durango otorgar información

por Wendy Bautista Morales

La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública de Durango (CAIPED) revocó la resolución administrativa emitida por la Procuraduría General de Justicia del Estado y le ordenó a la dependencia entregar a esta reportera el índice delictivo de los dos últimos años en Durango, información que había sido negada desde hace más de cuatro meses.

En la edición de etcétera de abril, se publicó el artículo “Durango, candil del país” en el que se da cuenta de la falta de transparencia en el estado y el lamentable episodio de resistencia para entregar la información sobre en índice delictivo, en contradicción con la política de transparencia promovida por el gobierno de la entidad, evidencia que redundó en que la CAIPED revocara la resolución negativa por la Procuraduría de Justicia estatal el 7 de marzo pasado.

Mediante recurso de revisión promovido por la reportera de la revista Entorno y del periódico La Semana Ahora, la CAIPED resolvió darle la razón y emplazar a la procuraduría a que en diez días hábiles entregue los documentos que contengan las estadísticas de identificación criminal de los años solicitados, mismos que se proporcionarán en el estado en que se encuentren y de no hacerlo será sancionada conforme a la ley.

etcétera dio cuenta puntual de los burdos argumentos que virtió la procuraduría para negar la información, referentes a que carecen de un sistema estadístico que registre datos o información y que procesarla implicaría un extraordinario trabajo de acopio dada la geografía del estado. Por ello fue necesario emplear los recursos de inconformidad, primero ante el ente obligado y luego ante la CAIPED, en un proceso que finalmente le da la razón al solicitante.

Lo importante de esta batalla promovida por etcétera y ganada en favor de la transparencia y del acceso a la información, genera un precedente en Durango porque abre camino en este “parto doloroso” como lo definió Jacinto Murguía, un investigador miembro de Limac, quien ha vivido en carne propia las resistencias en la materia. No obstante, es lamentable que este tipo de obstáculos a la información sean frecuentes en menoscabo de la ley y de las autoridades o dependencias que se empeñan en no cumplir con su responsabilidad de informar.

Ojalá que este caso sirva para que otros entes públicos y dependencias del gobierno del estado de Durango eviten pretextos para negar información, pese a las recomendaciones jurídicas e inequívocas del Comité Estatal de Acceso a la Información, integrado por varios representantes estatales, porque así se evitarán riesgos de que la CAIPED les ordene lo contrario.

A cuatro años de aprobada la Ley Estatal de Transparencia y Acceso a la Información, es momento para que los entes públicos obligados a cumplirla lo hagan, y eviten contradecir la política de transparencia del mismo gobernador Ismael Hernández Deras, quien se ha empeñado en difundirla a través de acciones concretas de parte de la contraloría estatal, pero sin que muchos de sus funcionarios la hayan sabido interpretar, quedándose sólo en el discurso oficial.

etcétera contribuye a que los ciudadanos cuenten con un índice delictivo fidedigno, que no genere dudas, simulación o maquillaje de la información, por eso mediante el uso de la ley y el derecho que le asiste al solicitante de la información se pudieron franquear los obstáculos. Se pudo evidenciar que la Procuraduría de Justicia violó la ley al intentar esconder la información, al escatimarla, cuando es el ente obligado para llevar la estadística precisa de lo que sucede en Durango en este tema.

Su omisión, la reconoce oficialmente cuando acepta carecer de la información actualizada, misma que debe turnar al Sistema Nacional de Seguridad Pública, que dicho sea de paso no cuenta con el índice delictivo de Durango, desde el segundo semestre de 2006, según lo confirma una solicitud de acceso a la información.

La apertura en la información es un proceso en que ciudadanos y autoridades tienen responsabilidades y obligaciones que se deben hacer cumplir. En este caso la CAIPED le precisa a la Unidad de Enlace de la PGJE que de acuerdo con el artículo 10 de la ley en materia, es su obligación proporcionar la información, no así su procesamiento, es decir se debe entregar en el estado en que se encuentre, quedando claro que su titular Sergio Villarreal Gutiérrez desconoce este apartado de la ley en su artículo 10.

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