Sí hay libertad de debate

En el número anterior de etcétera, María Marván Laborde escribió un interesante artículo sobre la transparencia y las campañas políticas, en el cual señala que las normas electorales en México prohíben a los partidos gobernantes presumir logros de gobierno durante las campañas políticas, preguntándose al respecto: “¿para que queremos transparencia y acceso a la información si no sirve para fortalecer el debate público en tiempos de campaña?… ¿qué democracia prohíbe debates con contenido?”.

Difiero de esa lectura de los hechos. Me hago cargo de que también criticó de la prohibición de las llamadas campañas sucias y de otros aspectos de la regulación electoral. Sin embargo, centraré mi atención en el tema de los logros gubernamentales, a fin de formular respetuosamente algunos comentarios:

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Los partidos políticos no tienen prohibido presumir logros de gobierno. En la jurisprudencia 2/2009 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se señala respecto de los programas de gobierno que “los partidos políticos pueden utilizar la información que deriva de tales programas, en ejercicio del derecho que les concede la legislación para realizar propaganda política electoral, como parte del debate público que sostienen a efecto de conseguir en el electorado mayor número de adeptos y votos. Ello, en tanto que dichos programas resultan del ejercicio de las políticas públicas, cuyo contraste puede formularse por los demás partidos que expresen su desacuerdo, lo que fomenta el debate político”.

En el artículo 134 de la Constitución -dispositivo que señala las bases de toda propaganda gubernamentaltampoco se prohíbe a los gobiernos utilizar la propaganda para presumir logros políticos o de cualquier índole. Situación jurídica que se ve corroborada por el artículo tres, fracción tercera, inciso a), de los “Lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la administración publica federal para el ejercicio fiscal 2011” expedidos por la Secretaría de Gobernación (D.O.F. 30/12/2010), mismos que establecen una clasificación que incluye “Campañas o mensajes de rendición de cuentas”, definiéndolas como “aquellas que dan a conocer acciones o logros del Gobierno”.

Como se ve, el marco normativo sí da lugar a que el debate público entre partidos y candidatos incluya la discusión de las políticas públicas y el contraste de opiniones tanto para conseguir votos y adeptos, como para expresar desacuerdo con las mismas; y por supuesto que para ello es posible utilizar la información de los programas públicos.

Lo que sí está prohibido es aplicar con parcialidad los recursos públicos e influir con ellos en la equidad de la competencia entre partidos, así como incluir nombres, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público. Como se ve, esta prohibición recae sobre los gobiernos y servidores públicos no sobre los partidos y candidatos, ya que estos no aplican recursos públicos en obra de gobierno ni producen propaganda gubernamental. Ello está previsto en el citado artículo 134 constitucional. Además, según lo previsto en el artículo 41 deberá suspenderse toda propaganda gubernamental, excepto las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, así como las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial”.

No hay normas jurídicas -constitucionales, legales o reglamentarias- hasta el momento, que preestablezcan el contenido de los debates. La única norma legal específica sobre el tema -el artículo 70, párrafo cinco de la ley electoral vigente- señala que “Las reglas para los debates serán determinados (sic) por el Consejo General, escuchando previamente las propuestas de los partidos políticos”. Por ello, difiero de quienes consideran que en México está prohibido tener discusiones de contenido.

La única regla que podría tener alguna relación con los contenidos de los debates -ello, siempre y cuando estos sean considerados como propaganda electoral- es el artículo 233, párrafo segundo de la citada ley electoral, que prescribe: “En la propaganda política o electoral que realicen los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos, deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas”. Regla que por cierto no opera con censura previa, sino que requiere queja de parte.

Me parece correcto que los partidos puedan destacar en su propaganda y en el debate político los logros de aquellos gobiernos que encabezan, así como expresar, en su caso, su desacuerdo con la obra gubernamental y con las políticas públicas. Lo que me parece inadecuado es que en México se confunda la propaganda gubernamental con la rendición de cuentas, como se advierte claramente en los lineamientos de la Secretaría de Gobernación citados. He expresado anteriormente en esta publicación -número 130- que en España se prohíbe promover o contratar campañas que tengan como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por las entidades del Estado, sin que por ello nadie considere vulnerada la rendición de cuentas. En México, para desgracia de los contribuyentes los gobiernos pueden gastar sumas colosales -véase al respecto a Diego de la Mora en el número 132 de esta publicación- incluso para chantajearlos diciéndoles que han construido carreteras como no lo habían hecho todos los demás gobiernos del pasado juntos, o que han comprado equipo médico como nunca en la historia o cualquier otro exceso de esa índole. Lo peor es que eso sea tomado como “rendición de cuentas”.

Los gobiernos no tienen prohibido presumir logros en su propaganda, pero sí tienen prohibido hacer propaganda durante el período de las campañas electorales, salvo excepciones. Lo segundo a mí me parece que está bien, ya que ello no afecta el debate político entre partidos y candidatos, pero sí libera a ambos de la intervención abusiva de los gobiernos en las competencias electorales. Lo que sí atenta contra la libertad del debate y contra el derecho de la ciudadanía a conocer las ofertas políticas es la voz estentórea de los gobernantes que, mediante la propaganda o declaraciones intentan imponer la agenda de la discusión electoral. A ese fenómeno le podemos llamar “chachalaquismo”, considerando los antecedentes históricos electorales del país, a fin de señalar el síndrome por el cual los gobernantes irrumpen en el debate electoral con la estridencia de un ave muy vocinglera que impide al público escuchar a los candidatos, y que inclusive puede obligar a estos a distraer su diálogo para atender a la impertinente chachalaca. Una cosa es que los partidos puedan destacar los logros de los gobiernos que encabezan y otra muy distinta es que los gobernantes se entrometan en el proceso electoral, abusando de su poder comunicativo. Los gobiernos democráticos están para gobernar, no para hacer elecciones ni proselitismo electoral, incluso, a veces, con recursos públicos. Finalmente, comentaré que no está proscrita la crítica a ningún gobierno o a ninguna persona por parte de los partidos y sus candidatos. Lo que se penaliza es la denigración y la calumnia. Convengo, no obstante, en que la aplicación de normas de esta índole representa sin duda un serio reto para las autoridades electorales, pues entrañan una valoración de suyo controversial sobre las expresiones de los competidores. Mi punto de vista es que debe garantizarse libertad de expresión a los contendientes. Pero admito que el tema de los límites resulta pertinente ante ejemplos reales tales como aquél en que un candidato fue acusado sistemáticamente de ser un riesgo para el país, no obstante encontrarse legalmente registrado ante las autoridades electorales, lo que significaba que gozaba plenamente de su ciudadanía. Por lo demás, me parece que hacer campañas sucias y presumir logros gubernamentales no son los términos adecuados que definan un debate político de fondo.

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