Antecedentes
El 16 de octubre, como presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), participé en la Trigésima Convención Nacional Anual de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti), con la presentación “Visión del Sector Telecomunicaciones”.
En el evento abordé, entre otros temas, el de una nueva agenda de licitaciones del espectro radioeléctrico, y enfaticé que al concluir el programa de licitaciones que hoy se encuentra en curso, se proveerá de espectro suficiente para las comunicaciones móviles de banda ancha para los próximos años; sin embargo, destaqué que la creciente demanda de servicios, las necesidades de expansión y el desarrollo de las tecnologías exigen una labor continua por parte de la autoridad para proveer a la industria del espectro necesario para satisfacer tales demandas.
Entre las bandas que se incluyeron en esta presentación y que se encuentran bajo estudio de viabilidad, destaca la de 2.5 GHz, que ha sido identificada a nivel internacional como la banda para aplicaciones móviles de banda ancha. Este rango de frecuencias tiene preferencia para tecnologías avanzadas que hacen un uso en extremo eficiente del espectro, lo que permite la provisión de servicios de muy alta calidad y, sobre todo, de aplicaciones que requieren de un gran ancho de banda combinado con una movilidad de tipo vehicular.
Lo expresado en mi presentación respecto de los estudios de viabilidad para la banda de 2.5 GHz, se refiere a los segmentos libres de dicha banda de frecuencias.
Ante esto, el grupo MVS difundió una opinión en la que estimó improcedente la licitación de la banda de 2.5 Ghz, con el argumento de que está concesionada en su favor casi en su totalidad y de que existen diversos procesos judiciales en trámite para resolver la situación jurídica de las concesiones no prorrogadas. Sin embargo, hay que destacar que las manifestaciones realizadas al efecto por MVS resultan del todo imprecisas y fuera de contexto.
Atribuciones de la Cofetel
El espectro radioeléctrico es un recurso escaso y considerado como un bien del dominio público de la Federación; su administración corresponde al Estado, encargado de armonizar y racionalizar su uso mediante una planificación que permita su aprovechamiento o explotación de forma ordenada y eficiente.
Conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT), corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Cofetel, administrar el espectro radioeléctrico y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias. Esta comisión se avoca de manera permanente a examinar y vigilar a detalle el uso que se le da al espectro por parte de concesionarios y permisionarios.
El artículo 14 de la LFT establece que las concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para usos determinados se otorgarán mediante licitación pública. Al efecto, el artículo 15 de la LFT dispone que la SCT establecerá y publicará periódicamente un programa sobre las bandas de frecuencia del espectro que serán materia de licitación pública.
El artículo 9-A fracción V de la LFT dispone que la comisión está facultada para someter a la aprobación de la SCT el programa sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para usos determinados que serán materia de licitación pública y para coordinar los procesos de licitación correspondiente.
Condiciones de la banda
Los estudios que realiza la Cofetel abarcan el espectro que va desde los 2483.5 MHz hasta los 2690 MHz, segmento en el que coinciden bandas de frecuencia ya concesionadas, bandas que se encuentran libres e inclusive bandas permisionadas para enlaces punto a punto. El segmento de 2500 a 2690 MHz ha sido utilizado en nuestro país para ofrecer servicios de audio y televisión restringidos vía microondas, esto mediante las concesiones otorgadas a diversas empresas.
A las empresas del grupo MVS les fueron otorgadas diversas concesiones que les autorizan el uso y explotación de determinados canales en el segmento de 2500 a 2690 MHz en varias regiones o zonas del país, en algunas de las cuales cuenta con la totalidad del segmento 2500-2690 MHz. Es importante mencionar que 6 de las concesiones con las que cuenta MVS fueron otorgadas en 1995, con una vigencia de 10 años, por lo que dichas concesiones expiraron en 2005.
Ninguna de las concesiones otorgadas contempla la utilización de toda la banda a nivel nacional, es decir, MVS no cuenta de ninguna manera con derechos exclusivos sobre la totalidad de la banda 2500-2690 MHz.
Como resultado de análisis previos realizados por la Cofetel, se determinó que la manera en la que las empresas del grupo MVS utilizan el espectro al amparo de sus concesiones vigentes e inclusive de aquellas cuya vigencia ha llegado a su término, dista mucho de ser eficiente.
Lo anterior queda de manifiesto al realizar una comparación con empresas que utilizan intensamente el espectro que les ha sido concesionado:
|
|
MVS |
Telcel |
Telefónica |
|
Espectro (MHz) | 190 | 53.4 | 30 |
Ocupación | 289,915 | 16,219,332 | 5,755,720 |
Eficiencia espectral
(usuarios/MHz | 1,526 | 303,733 | 191,857 |
Esto pone de manifiesto la subutilización de las bandas concesionadas y confirma la decisión de no otorgar la prórroga correspondiente a las concesiones cuya vigencia terminó en el año 2005.
Adicionalmente, MVS realizó una alianza comercial con EchoStar Corporation, que bajo la marca Dish comercializa el servicio de televisión satelital de bajo costo en el territorio nacional. MVS ha señalado que los usuarios que tienen contratado el servicio de televisión restringida vía microondas serán migrados al servicio Dish, por lo que la prestación del servicio que actualmente oferta MVS se realizará mediante el uso de infraestructura satelital y al amparo del título de concesión otorgado a su filial Comercializadora de Frecuencias Satelitales, S.A. de C.V.
Tal situación ocasionará una menor ocupación de las bandas en el rango de 2.5 GHz que tiene concesionadas MVS, y en consecuencia la eficiencia espectral disminuirá aún más, por lo que es inminente una situación grave de subutilización del espectro por parte de dicho concesionario.
Para efectos del presente análisis, la comisión considera los siguientes casos en torno a los títulos de concesión de bandas del espectro:
-Concesión vigente: el operador tiene el derecho de explotar el espectro correspondiente durante el periodo de vigencia que marca la concesión.
-Concesión en proceso de prórroga: en este caso, la Secretaría decidirá, de manera fundada y motivada, previa opinión de la comisión, si otorga una prórroga al operador para seguir explotando los derechos adquiridos en el título de concesión.
-Concesión vencida sin prórroga: los derechos del operador expiraron y el gobierno está en posibilidad de disponer de las bandas en cuestión, por lo que los segmentos del espectro radioeléctrico de esta concesión están libres para ser propuestos en un futuro programa para su licitación.
En los casos en que existe algún proceso judicial respecto de la negativa de prórroga de alguna concesión, la comisión se encuentra obligada a esperar el resultado de dicho proceso antes de poder disponer de las bandas en cuestión.
Por otro lado, aún en el caso de encontrarse vigentes, las concesiones que otorgan derechos de explotación de bandas del espectro están sujetas a las disposiciones de la LFT, que contemplan la posibilidad de cambiar o, inclusive, rescatar bandas de frecuencias, de conformidad con las causales que la misma ley establece.
Contexto Internacional
La tendencia de uso para esta banda de frecuencias cambió como consecuencia de las recomendaciones emitidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), relacionadas con los sistemas de comunicaciones móviles de tercera generación denominados IMT-2000. La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) emitió recomendaciones en el mismo sentido.
En la Unión Europea, los 27 Estados miembros emprendieron a partir del año 2008 el despeje de la banda de 2500-2690 Mhz, por lo que hace a la presencia de operadores a quienes se les otorgó originalmente licencia para suministrar servicios de televisión restringida vía microondas terrenal. Las autoridades reguladoras del sector telecomunicaciones a nivel mundial identificaron recientemente que la banda de frecuencias de 2500-2690 MHz está destinada al suministro de servicios que antes no se tenían contemplados.
Conclusiones
Si bien el Artículo 28 de nuestra Constitución establece que los bienes de dominio de la Federación pueden ser concesionados a particulares, como lo es el espectro radioeléctrico, también establece que el Estado siempre mantendrá su rectoría sobre los mismos.
En tal virtud, la Ley Federal de Telecomunicaciones contempla los mecanismos legales mediante los cuales el Estado, a través de la SCT, podrá disponer del espectro radioeléctrico aun cuando éste se encuentre concesionado.
Como se expuso en mi presentación, la banda de 2.5 GHz (2483.5-2690 MHz) se encuentra en estudio por parte de esta comisión, con el fin de determinar los segmentos de espectro y las zonas geográficas en que se encuentren disponibles.
Los estudios contemplan que aquellas concesiones para explotar bandas del espectro que se encuentren vigentes serán respetadas en todos sus términos legales.

