El pasado miércoles la lucha por los derechos de los homosexuales obtuvo un logro más luego de que la Corte Constitucional de Colombia aprobó la adopción igualitaria entre personas del mismo sexo.
Después de nueve horas de debate, con seis votos en favor y dos en contra, las parejas gais del país latinoamericano podrán tener hijos sin necesidad de que sea hijo biológico de alguna de las partes, tal y como se permitía hasta antes de la nueva norma.
Con la votación se modificarán tres artículos del Código de Infancia y Adolescencia, pues esta vez no se harán cambios sobre los derechos de los homosexuales sino en los derechos de los menores sobre tener una familia.
Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa, principal organización del país que defiende los derechos de la comunidad LGBTTI, declaró que la disposición es un paso histórico, pues a partir de ahora la homosexualidad será irrelevante y todas las personas estarán en igualdad de condiciones cuando inicien un trámite de adopción, no obstante, dijo que aún queda mucho trabajo por hacer debido a la discriminación, el abuso policial, los homicidios y el acoso, por lo que también se debe luchar por la eliminación de prejuicios.
Sin embargo, y como era de esperarse, la iglesia católica mostró su rechazo a la nueva medida y el padre Pedro Mercado, secretario para las Relaciones con el Estado de la Conferencia Episcopal colombiana advirtió que ésta puede terminar con los proyectos que tienen en conjunto con el Estado.
Asimismo, Alejandro Ordóñez, procurador general de Colombia, aseguró que el nuevo estatuto es solamente un experimento de ingeniería social con niños en situación de vulnerabilidad.
De esta forma Colombia se convierte en el quinto país de América Latina, después de México, Uruguay, Argentina y Brasil, que permite la adopción a parejas del mismo sexo.
Cabe señalar que a pesar de que el Congreso de ese país a logrado avances como la protección de los bienes de las parejas homosexuales y su afiliación a los servicios de sanidad, aún no existe una ley que avale los matrimonios, por lo que cuando acuden al juzgado los notarios pueden negarse a casarlos.
(Con información de El País)
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