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Desde hace 17 años me ha interesado la relación entre las normas y los medios. Mi primera obra, editada por la Universidad Autónoma Metropolitana en 1994, se titula El sistema jurídico de los medios de comunicación en México, y a partir de entonces esta disciplina, englobada bajo el rubro genérico de derecho de la información, ha sido mi preocupación y ocupación central. Quizá lo menos complicado sea enumerar qué se requiere en una reforma legal del sistema regulatorio de los medios. Lo que debiéramos preguntar es por qué existe lo que existe y no algo distinto. Cuando el año pasado, Raúl Trejo Delarbre me hizo una generosa invitación para contribuir en una reflexión sobre este proceso, quedé paralizado pensando en lo que debía escribir. Sencillo hubiera sido enviar algún texto de vieja data porque las cosas siguen prácticamente intactas por lo que se refiere al diseño normativo. Pero entendía, y ahora lo entiendo más, que debía atender a nuevos elementos. Los tiempos me ganaron y no entregué esa colaboración, pero me quedé pensando en que algo debía decir al respecto. Y ahora lo hago ante la provocación amistosa de Marco Levario aquí en etcétera. Veamos.

1. De entrada, creo que debemos partir de un dato duro que, por desgracia, no requiere mayor verificación1: no existe en México propiamente un Estado de derecho. Me hago eco de las definiciones clásicas en el sentido de que un Estado de derecho supone la existencia de gobernantes y gobernados sujetos al mandato de la Constitución y la ley. Formalmente existe el Estado de derecho habida cuenta que contamos con Constitución y leyes, pero no hay eficacia razonable; es decir, que los supuestos de hacer y de no hacer previstos en las normas jurídicas se reflejen en las conductas de los sujetos de la ley. Por tanto, no hay un Estado de derecho en sentido material. Hay, en el mejor de los casos, un conjunto de islas de eficacia jurídica en el mar del derecho. Estas islas generan un Estado de derecho en desarrollo. Y los casos de eficacia jurídica son deudores de la incidencia de grupos políticos y de una parte de la sociedad civil organizada. Acaso un ejemplo de eficacia razonable reside en el derecho electoral por su propia naturaleza política para establecer las reglas del juego de acceso al poder formal.

2. En los movimientos de reforma legal de los medios que se han expresado en iniciativas de reforma constitucional y legal, se ha trabajado por departamentos estancos. En otras palabras, se ha visto como un asunto por sí mismo, haciendo abstracción de la compleja realidad concreta. He participado en distinto proyectos de ley como parte de comités formales o informales de diseño normativo dotados de las mejores intenciones, pero enfrentados al fracaso recurrente si de resultados convertidos en ley vigente se trata. Por excepción se han podido generar avances como en el caso del acceso a la información pública, la despenalización de delitos vinculados al honor y a la vida privada, a nivel federal y en el DF y la ley del secreto profesional del periodista, por citar sólo los casos más representativos. Y estos pasos positivos no han sido producto de una agenda de reforma legal del poder Legislativo de largo aliento. Son, en realidad, hijos de la circunstancia.

3. De 17 años a la fecha, la radio y la televisión privadas han pasado de formar parte del sistema político (buena parte de los concesionarios no son ajenos al régimen priista) a convertirse en un poder de facto que negocia, como es evidente, sus propios intereses. En estos años, el proceso democrático ha avanzado en México y con ello los efectos secundarios también. Si en el régimen priista se contaba con incertidumbre en el cómo del proceso electoral, se tenía certeza en el qué. Ahora sucede exactamente al revés. Se tiene certeza en el cómo y no se sabe con antelación el qué. Esta falta de certeza ha generado que los grupos de poder no hagan ventas finales de su influencia con un partido político, sino negociaciones puntuales de productos concretos. Sea como fuere, en ambos casos la regulación de los medios ha estado sujeta a la política, de ningún modo a la ley. Es lamentable, pero hay que decir que el interés público o la edificación de una democracia informativa no es un argumento suficiente para avanzar aunque haya sobrados elementos de argumentación, estudios comparados y ejemplos democráticos del mundo entero hacia dónde debemos ir en esta materia. La realidad es más terca que la razón.

4. Un ingrediente esencial de la reforma legal necesaria es promover que se cumpla con la ley vigente. El escrutinio y seguimiento de cómo aplica la ley o cómo no la aplica la autoridad competente es una actividad que merece convertirse en parte de la agenda de la sociedad civil organizada atenta a esta problemática. La falta de seguimiento genera hoy en día incentivos perversos para que el Estado de derecho formal sea más fuerte que el material. Me llama mucho la atención cuando distintos colegas y amigos se pronuncian contra los radiodifusores, particularmente Televisa y TV Azteca. Yo estoy convencido que el problema no es Televisa o TV Azteca, sino la debilidad del Estado que con prisas y sin pausas sigue en aumento. ¿Cómo le puedo pedir a Televisa o TV Azteca que vayan contra su propio interés si la autoridad lo permite o, peor aún, lo promueve? No ignoro, por supuesto, que los concesionarios deben estar sujetos al interés colectivo porque explotan un bien de la nación, pero ese discurso básico plasmado en la ley con una autoridad que lo ignora sirve, en todo caso, para la catarsis psicológica de quienes (me incluyo) no tenemos los números para transformar el país ideal en algo mínimamente real y necesario para la democracia mexicana.

5. Estoy convencido que difícilmente podrá convertirse en ley una iniciativa que abreve de los mejores estándares internacionales. Mi convicción descansa en elementos que arroja nuestra realidad. Como resultado del deficiente sistema normativo, los diputados y senadores no se deben a sus electores, sino a los partidos y grupos de poder a que pertenecen. La ausencia de reelección legislativa y la persistencia de listas cerradas en los candidatos a legisladores provocan que no haya una comunicación fluida entre mandantes y mandatarios, simple y sencillamente porque no la necesitan. Por excepción, como todo en la vida, se aplica la regla contraria. Este hecho provoca que la sociedad no esté adecuadamente representada y que los legisladores (la mayor parte al menos) atiendan con mayor cuidado su propia ventaja personal que el interés del país. Lo mismo puede afirmarse de las autoridades del sector que advierten menores costos con cumplir la ley de manera simbólica que hacerlo como es debido. Y si lo anterior fuera poco, nuestra población carece de una cultura mediática entendida, como el “conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar su juicio crítico”, de acuerdo a la definición del diccionario de la Real Academia. Los contenidos programáticos de la telebasura existen porque se tiene un gran mercado que los recibe feliz de la vida. Aquí habría que transformar la currícula escolar, algo que es imprescindible para la viabilidad de México como país soberano, pero hasta ahora muy complicado de lograr por la red de controles corporativos que gozan de cabal salud.

6. La negociación hace, por lo anteriormente expuesto, su aparición en escena. Algo tan obvio, pero al mismo tiempo tan complicado. ¿Cómo lograr armonía esencial entre intereses encontrados? ¿Cómo definir un espacio de acuerdo con una inmensidad de puntos de vista tan divergentes? Un ejemplo de ello ha sido la iniciativa de reforma de las leyes federales de telecomunicaciones y de radio y televisión presentadas por el presidente de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía del Senado de la República, Carlos Sotelo. Para su promotor, las ventajas eran mayores que sus desventajas. Sus detractores opinaron exactamente lo contrario. Al final, la ausencia de un acuerdo en lo fundamental impidió cualquier reforma. El único que sufrió un duro revés fue el propio senador Sotelo. De modo injusto desde mi punto de vista. Las imputaciones formuladas en su contra no estuvieron acompañadas de elementos documentales que ofrecieran indicios de sus presuntos pecados e ilícitos. Deja una lección a los legisladores, por el contrario, que el tránsito hacia una reforma legal de medios pasa por un campo minado difícil de sortear.

7. El método de aproximaciones sucesivas me parece que es la ruta más segura para generar resultados. En ese sendero, el ejercicio de labores de monitoreo y seguimiento sobre el grado de cumplimiento de la ley (dicho en términos genéricos) va a permitir acompañar a los servidores públicos honestos para que hagan su labor e incrementar los costos a quienes, por el contrario, se aparten de cumplir con sus atribuciones. Eso por sí sólo va a permitir generar oportunidades de reforma normativa. Y en este rubro debería hacerse un recuento de todos los intereses en juego, de suerte que cada quien perciba que ha ganado y dejado de ganar algo. En una democracia, en un Estado de derecho, lo que escribo sería una herejía y un absurdo porque el Estado no debe subordinarse a poder informal alguno. El Estado y su expresión jurídica, el gobierno, cuenta con los elementos legales para hacer valer el derecho. No es, por ahora, el caso de México. Y, salvo un estallido social recurrente que haga más costoso mantener el statu quo que hacer una reforma parcial (lo cual es improbable hoy en día), la vía de incluir a todos los grupos de poder y a las expresiones de la sociedad civil interesadas resulta necesaria. Es preferible contar con algo de todo que todo de nada

Notas

1 Incluso el propio titular del Ejecutivo Federal reconoce explícitamente esta circunstancia en el apartado de Estado de derecho en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

Medios públicos, en el vacío

Mientras en países como España la ley audiovisual aborda temas como el financiamiento y la migración a la señal digital de la televisión pública, en México este tipo de medios funcionan en un vacío legal. Para abandonar esta situación, el senador Carlos Sotelo presentó a finales del año pasado una iniciativa para reformar la Ley Federal de Radio y Televisión, en la que se dotaba de un nuevo estatuto jurídico a los medios públicos, en el que se les define como medios “sin fines de lucro y con fines sociales, educativos, culturales, de información y de entretenimiento para el vínculo con la sociedad y garantizando la calidad y pluralidad de sus contenidos”. La Sección II de la iniciativa está dedicada a los medios públicos. En ella destaca el artículo 26, que aborda el financiamiento: se contemplan los donativos, la venta de productos y servicios, el patrocinio y la coinversión con otras entidades públicas. La novedad más destacada está en la fracción IV y consiste en permitir la posibilidad de comercializar tiempo, “que en estaciones de televisión no excederá del 5 % del tiempo total de transmisión en cada estación, y en estaciones de radio del 10 % del tiempo total de transmisión”. Éste es un ejemplo de la “aproximación sucesiva” que no fue. etcétera

Autor

  • Ernesto Villanueva

    Coordinador del área de derecho de la información del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM donde se desempeña como investigador de tiempo completo.

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