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Los procesos de organización comunitaria son la forma primera, esencial, de organización social posible (esta afirmación escandalizará a los que siguen defendiendo a capa y espada la conformación del Estado “ideal” de Platón, pero qué se le va a hacer). Su legitimidad radica en que dichos procesos son desatados por necesidades prácticas, tangibles, la mayor parte del tiempo urgentes e ineludibles, de comunidades específicas. Su legitimidad radica, también, en que las necesidades que los desatan no son imposiciones de agendas políticas o presupuestales, sino lecturas colectivas de las personas que las padecen y que se traducen en acciones directas.

Resulta trágicamente reduccionista pensar que un proceso comunitario puede constituir un capricho o, peor aún, que puede “estar de más”. Durante el “boom” de organizaciones sociales no gubernamentales que inició en los años 90 en México (esencialmente como respuesta de la sociedad civil a otras formas de organización social que en ese momento estaban mostrando mayor contundencia, como el surgimiento del EZLN o el resurgimiento del Movimiento Urbano Popular) no era difícil esgrimir el razonamiento de que las ONG’s “respondían a una ausencia del Estado”; hoy, incluso, se puede argu%u0308ir que las organizaciones se debaten entre la ausencia del Estado en unas cosas y su desafortunada y sobrada presencia en otras. Y, tristemente, entre los extremos de la lógica siniestra que reza: “lo que da el Estado, el Estado te lo quita”.

Sin embargo, la organización comunitaria no depende ni debería depender nunca del Estado; en todo caso, lo rebasa. Su carácter de independencia del Estado está en la base misma de su naturaleza: no busca suplantar a nadie porque su razón de ser radica en ella misma, en quienes la impulsan y en la necesidad que la desata. Es, claramente, el último reducto libre de la influencia de la lógica electoral y de los partidos políticos que la representan; no es una aspiración desdeñable la de que así se mantenga por todos los medios posibles. Es, claramente, uno de los pocos espacios de participación que siguen convocando, por lo que uno puede aportar y no por el beneficio que uno pueda obtener; mantenerlo así, igualmente, debería ser una de sus más altas aspiraciones. Finalmente, aunque no por último, es uno de los pocos espacios cuya lógica inicial acude siempre a métodos no violentos: ante la inseguridad, responde con rondas vecinales de personas desarmadas; ante la deforestación y el deterioro ambiental, se organiza y planta árboles o construye jardines comunitarios; ante la carencia de vivienda digna, se reúne y construye o mejora las casas de todos; y ante la complejidad de sus necesidades, se reúne y construye una radio o cualquier otro medio de comunicación comunitario. No son pocos los casos de comunidades, particularmente marginales, en los que incluso los servicios más básicos son el resultado de la organización comunitaria y no de la intervención del estado. Ninguno de los problemas o necesidades a los que se enfrenta la organización comunitaria es menor y ninguna de sus respuestas, pues, está de sobra.

Si nos atuviéramos a la lógica básica de las constituciones de la mayor parte de los países “democráticos”, la organización comunitaria estaría sobradamente protegida conceptualmente. Es decir, si los Estados conservaran alguna relación directa con lo que se esgrime como su razón primera de ser tendrían que procurar la organización comunitaria, defenderla; no intervenir en ella ni suprimirla. Para nuestra poca fortuna, en la mayor parte del mundo pasa claramente lo contrario; principalmente, me atrevo a afirmar, por lo que le niega al Estado y a quienes viven de él: poderes fácticos, partidos políticos y un largo etcétera. En medio de una descomposición general de la maquinaria estatal, en México se está instrumentando una batalla articulada, sistemática, contra el ejercicio de la radiodifusión comunitaria. En los primeros días de diciembre del 2011, el comunicador y periodista comunitario Juan José Hernández Andrade, director de Radio Diversidad,emisora con sede en el Municipio de Paso del Macho en Veracruz, fue arrestado y detenido durante 8 días en el penal federal de Villaldama. Actualmente se encuentra en libertad, pero su proceso penal continúa. Esto se suma a los casos de José Maza, Paola Ochoa y Héctor Camero, quienes asimismo enfrentan actualmente sendos procesos por el cargo de violar el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales. Si bien todas estas personas están enfrentando estos procesos en libertad, la posibilidad de que purguen penas de 2 o más años de prisión por acciones directas de organización comunitaria es, simplemente, inaceptable y deontológicamente insostenible. Cada uno de esos casos representa un retroceso de años en la relación del Estado con las comunidades y, muy principalmente, un retroceso fatal en la caracterización del ejercicio, tan minado ya de por sí, de la libertad de expresión, el derecho a la información y la libertad de organización en el país.

Resulta paradójico que, al mismo tiempo, por primera vez se haya reconocido en lo enunciativo la existencia de la radiodifusión comunitaria en un documento normativo, en este caso el Reglamento del Instituto Federal Electoral. Si bien este reconocimiento enunciativo representa un avance contundente y abre de nueva cuenta la oportunidad para otros avances más definitivos en lo legislativo (particularmente en lo que atañe a la Ley Federal de Telecomunicaciones), y particularmente, para avances en la aplicación de los estándares internacionales de Libertad de Expresión, resultará también urgente su traducción en una relación nueva, con nuevas condiciones, con nuevos instrumentos, desde una perspectiva que realmente reconozca sus diferencias, entre las radios comunitarias y la autoridad electoral. Una resemantización de la democracia medida por spots se hace urgente (probablemente no sólo en lo que atañe a las radios comunitarias, sino a todo el mapa de medios), así como una caracterización respetuosa de la radiodifusión comunitaria que no pretenda enunciarla por “todo lo que no puede” o por su “desfile de carencias”, sino por la naturaleza distinta, colectiva, participativa, no partidista, voluntaria y de acción comunitaria y local de su quehacer radiofónico. Sin ese contenido, el reconocimiento enunciativo es sólo eso: un enunciado en un papel. Vale la pena insistir en la preeminencia de la organización comunitaria como la primera forma de organización social posible. Desde hace algunos años asistimos, en el otro extremo de la acción normalizadora del establishment, a un desfile de países en los que el otorgamiento de licencias para la radiodifusión comunitaria se enarbola como un triunfo de procesos “revolucionarios” o como graciosas concesiones de la acción benefactora del partido en turno convertido en el estado; los ejemplos de Bolivia, Venezuela y muy recientemente Argentina no son poco preocupantes. Valdría la pena siempre, en esos como en todos los casos, mantenerse muy al pendiente de los grados de independencia que pueden mantener los medios comunitarios, de la medida en que pueden ejercer la crítica frente al estado, del nivel de contraste posible para su ejercicio periodístico, así como del nivel de “traducción” que los avances legislativos tienen en su defensa, autonomía y permanencia.

No en balde la naturaleza de la organización comunitaria debe, como característica fundamental, servir de balanza entre la acción del Estado (y los intereses que representa, incluidos los de la representación abstracta de “todos”) y los anhelos y las necesidades de las comunidades como núcleos de vida y sociedad. Y a eso, no hay ley que lo trascienda.

Postdata (que habla de radio): interesante la propuesta que la 9ª Bienal de Radio hace de incluir la categoría de “Programa Comunitario” en su concurso internacional de producciones radiofónicas. Aunque aún se le incluye, por cierta limitante semántica que no se logra trascender, junto a la categoría de “Programa Indigenista”, no es menor ese otro reconocimiento de la radio comunitaria como espacio legítimo de producción radiofónica.

Autor

  • Daniel Iván

    Miembro del equipo de Gestión y Formación de AMARC-México. Presidente de La Voladora Comunicación A.C. www.danielivan.com.

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