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sábado 14 septiembre 2024

Número equivocado

por Jorge Álvarez Hoth

La devolución a Operadora Unefon entre lo técnico y lo político



En atención a la honestidad intelectual y equidad que caracteriza la labor periodística de etcétera y en particular la de su director Marco Levario, es que escribo estás líneas para la revista en relación con un asunto que no obstante ser técnico, se empeñan en convertirlo en político.

Marco tuvo a bien enviarme copia de la colaboración del senador Carlos Sotelo sobre el tema de la devolución de un pago de lo indebido a la empresa Operadora Unefon S.A. de C.V., realizado parcialmente en la administración pasada de la que formé parte en calidad de subsecretario de Comunicaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Tanto en su colaboración como en una propuesta de punto de acuerdo elevado al Senado de la República por el senador Sotelo, se hacen aseveraciones que muestran que alguien lo ha mal informado y a reserva de mi ofrecimiento de reunión con el senador para hacer las aclaraciones del caso, realizada a través del propio Marco, creo necesario hacer las siguientes precisiones sobre lo señalado tanto en la colaboración a etcétera, como en la propuesta de punto de acuerdo en comento.

a) La devolución de intereses pagados por Unefon se da en cumplimiento de una sentencia definitiva de última instancia por parte del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de fecha 20 de abril de 2006, en la que determinó que dichos intereses fueron establecidos de manera ilegal por autoridad no competente para ello.

b) Estos intereses fueron establecidos en 1998 y 1999 por la Cofetel y la SCT al otorgar dos prórrogas a Unefon para pagar el monto comprometido por haber ganado paquetes de frecuencias de la licitación correspondiente. Esto ocurrió en la administración anterior a mi gestión como subsecretario.

c) La devolución de 596 millones 385 mil 993.14 pesos, que no son fiscales y por lo tanto no son parte del erario, es procedente por sentencia de última instancia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y de ninguna manera constituye un desfalco al erario como le mal informaron al senador Carlos Sotelo, pues es dinero pagado por Unefon que después de un litigio de ocho años se determinó como pago de lo indebido, lo que implica su devolución por mandato de dicho tribunal federal, independientemente de cualquier otra consideración de índole subjetiva.

d) La devolución de 550 millones de pesos hecha por la administración en la que colaboré fue en estricto cumplimiento de una sentencia definitiva de última instancia y realizada por la Tesorería de la Federación, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y trámite de la Oficialía Mayor de SCT y no por mí como le mal informaron al senador Sotelo.

e) La participación coordinada de la SHCP con SCT está debidamente documentado en los oficios 2.68/06 del 1 de agosto de 2006 de la SCT; 102K de 7 de septiembre de 2006 de la SHCP y 2.-79/06 de 6 de octubre de 2006 de la SCT. Así como en los oficios del 30 de noviembre de 2006 por los que la SHCP autoriza a la Oficialía Mayor de la SCT la reclasificación de economías presupuestales de 2006 para la devolución parcial del pago de lo indebido por 550 millones de pesos y que son: 2006-9-710-1057; 2006-9-710-1056; 2006-9-710-1059; 2006-9-710-1055; 2006-9-710-1062 y 2006-9-J9E-1061.

f) El litigio por la devolución de los 596 millones 385 mil 993.14 pesos concluyó con la sentencia de última instancia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como con el retiro de los amparos de Unefon, la devolución de 550 millones de pesos por parte de la Tesorería de la Federación y la presupuestación de la SCT para el pago del remanente por 46 millones 385 mil 993.14 pesos en 2007.

g) Cualquier reclamación posterior por la actualización de dicho monto es un litigio por separado y no se beneficia en nada por el cumplimiento de la sentencia sobre la devolución del monto original histórico, además de estar sub iudice, es decir, sujeto a juicio por lo que no se puede anticipar su desenlace. Asimismo, la cantidad reclamada como crédito fiscal por actualización e intereses moratorios según demanda de 6 de junio de 2007, por parte de Unefon será motivo de dicho litigio y no puede asegurarse que el monto demandado será procedente pues corresponde a la presente administración de la SCT realizar la defensa del asunto.

h) Quienes pagaron no pudieron recabar un finiquito sobre la devolución de los 550 millones de pesos, aunque sí hay un recibo, pues no se han devuelto los 46 millones 385 mil 993.14 pesos restantes para cubrir el monto total del pago de lo indebido. Ello no beneficia en nada el resultado por litigarse del monto que por actualizaciones pretende Unefon.

i) El actual titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SCT conoce perfectamente el tema desde su origen al haber participado como director general adjunto operativo de la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos de SCT en 1998 y 1999, cuando se otorgaron las prórrogas y se establecieron los intereses que a la postre fueron determinados como ilegales por haber sido establecidos extra-legem por autoridad no competente para ello.

j) Dado que ya hubo un pronunciamiento por parte del titular del órgano Interno de Control de la SCT en el sentido de la procedencia de reintegrar una suma de hasta por el monto de 596 millones 385 mil 993.14 pesos, dirigida al titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de SCT y además existe una auditoría en proceso de la ASF, porqué no dejar lo que es técnico en su ámbito natural de competencia hasta que se lleguen a las conclusiones que procedan, situación que de no ser así desconozco las razones que la impulsen.



Ex subsecretario de Comunicaciones de la SCT.
jorge@alvarezh.com

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