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miércoles 11 diciembre 2024

PUBLICIDAD OFICIAL: La gran ausente

por Justine Dupuy

La publicidad oficial no está presente o solo de manera indirecta en la reforma constitucional de telecomunicaciones y radiodifusión. El artículo 6 establece la prohibición de “la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”. En los artículos transitorios se prohibe “difundir publicidad engañosa o subrepticia”; y también se determinan facultades del IFETEL “para vigilar el cumplimiento de los tiempos máximos para la transmisión de mensajes comerciales”.

Esto hace referencia sobre todo a la publicidad comercial. Sin embargo, la publicidad oficial debería estar incluida en estas restricciones: ser identificable y no confundirse con las noticias, así como informar y no engañar a la ciudadanía sobre las decisiones de sus representantes. Pero la ambigu%u0308edad domina y no queda claro que la publicidad oficial esté contemplada en esta reforma.

Desde el establecimiento del Pacto por México se ha disociado la discusión sobre la regulación de la publicidad oficial de la reformas en telecomunicaciones y radiodifusión. De hecho en la agenda legislativa del Pacto está previsto abordar esta regulación hasta el segundo semestre de 2013, mientras que la reforma ya está siendo discutida. Esta disociación refleja una visión acotada de lo que está en juego con el uso de la publicidad oficial. La compra de espacios en los medios por parte de los gobiernos no se limita a un asunto relativo a la transparencia de la información gubernamental, tiene impacto directo sobre la libertad de expresión y el derecho a la información.

Retirar a la revista Proceso la publicidad oficial porque su línea editorial es crítica de las acciones gubernamentales es contrario a la libertad de expresión como lo reconoció hace poco la CNDH. Negar a radios comunitarias como la Voladora y Nahndiá la posibilidad de recibir publicidad oficial es impedir que gente de las comunidades que cubren esas radios estén enteradas de las acciones del gobierno y equivale a no reconocer el papel social y de interés general que juegan estos medios. No contar con una legislación específica en materia de publicidad oficial impide saber bajo qué criterios se asigna esta pauta. Así se perpetua una compleja relación entre medios y poderes basada en necesidades financieras de los primeros por un lado y construcción de la imagen política de los segundos por otro.

La publicidad oficial moldea el paisaje mediático del país. Su retiro súbito equivale a una sentencia de muerte para muchos medios. O al contrario, una inversión importante en un solo medio sin tomar en cuenta a sus competidores puede favorecer la concentración y el monopolio de la información, del discurso político y de la opinión. Esto impacta directamente en el derecho a la información de las personas.

En la exposición de motivos de la iniciativa en materia de telecomunicaciones se subraya “la importancia de que la legislación secundaria que deriva de esta reforma asegure el llamado ‘derecho de las audiencias’ que incluye, entre otros, el de acceder a contenidos que promuevan la formación educativa, cultural y cívica (…)”.

El derecho de la audiencias es una de las múltiples facetas del derecho a la información, y aplica también para la publicidad oficial. Cuando el gobierno del estado de Guanajuato dejó de anunciarse en uno de los periódicos de mayor tiraje (el a.m.), negó a sus lectores la posibilidad de enterarse de programas, acciones y procesos que impactan su vida cotidiana.

Instancias internacionales como la Relatoría por la Libertad de Expresión de la OEA han denunciado desde el 2003 la censura indirecta que se práctica a través de la asignación de la pauta gubernamental. “Los recursos publicitarios nunca deben ser distribuidos discriminando, positiva o negativamente, de acuerdo a la línea editorial de los medios de comunicación” escribe la relatora en los Principios sobre regulación de la publicidad oficial y libertad de expresión. Y recomienda establecer “para la contratación y distribución de la publicidad oficial, procedimientos que reduzcan la discrecionalidad y eviten sospechas de favoritismos políticos en el reparto. Los recursos publicitarios deben asignarse según criterios preestablecidos, claros, transparentes y objetivos”.

Además, atrás del debate sobre la publicidad oficial se esconde otra problemática. ¿Qué sistema regulatorio de los medios se quiere implementar en México? ¿El Estado debe apoyar a los medios para garantizar el pluralismo? ¿De qué manera? o ¿se debe implementar un modelo liberal sin intervencionismo? Atrás de los miles de millones de pesos que reciben cada año los medios mexicanos por concepto de publicidad oficial se disimula un sistema de subsidios que no dice su nombre.

A la hora de pensar los contornos del paisaje mediático, debatir sobre la regulación de la publicidad oficial debe ser parte medular. Sin embargo, apenas se evocó en la reforma constitucional presentada por el Presidente y los partidos políticos. Es imprescindible que los legisladores incluyan la regulación de la publicidad oficial a la hora de redactar las leyes secundarias.

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