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sábado 14 septiembre 2024

Transaperencia: avances en el DF

por etcétera

Es innegable que a partir del surgimiento del derecho de acceso a la información como una garantía individual, nuestra joven democracia ha adquirido nuevas dimensiones, pues a través del ejercicio de las libertades públicas se reconoce la capacidad de las personas para controlar los actos de quienes ejercen el poder público. En este sentido, la expedición de leyes en materia de transparencia y la creación de autoridades especializadas encargadas de garantizarel derecho de acceso a la información han propiciado cambios sustantivos en la forma en que los poderes del Estado asumen su responsabilidad frente a las personas, sobre todo cuando el derecho de acceso ha mostrado que cada vez son más los individuos que se interesan en participar de manera directa en el proceso de toma de decisiones públicas.

Durante casi tres décadas, el reconocimiento de este derecho fue reducido a la expresión “el derecho a la información será garantizado por el Estado” que, por su grado de generalidad, no sólo resultó inoperante sino que en distintos momentos fue motivo de un ejercicio de interpretacion jurisprudencial por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para definir sus alcances. Sin embargo, a partir de la reforma al artículo 6 constitucional publicada el 20 de julio de 2007, se establecieron las bases y principios para que los órganos legislativos de cada entidad federativa, en el ámbito de sus respectivas competencias, pusieran en marcha la expedición de una nueva generación de leyes de transparencia.

De estaforma, la ALDF aprobó una nueva ley de transparencia publicada el pasado 28 de marzo, la cual arrojó un saldo positivo para la construcción y consolidación del andamiaje normativo e institucional en la materia, no sólo porque logró perfeccionaryampliar los estándares mínimos previstos por el artículo 6 constitucional sino porque, adicionalmente, permitió impulsar el diseño de legislaciones específicas en materia de archivos y protección de datos personales, aprobadas el 27 de agosto de este año.

Con la reciente aprobación del Decreto por el que se expide la Ley de Archivos del Distrito Federal, la Asamblea Legislativa ha dado un paso más en la adopción de nuevas prácticas quefavorecen el ejercicio del derecho de acceso a la información por parte de las autoridades del DF, pues al estandarizar los procesos e instrumentos técnicos de control archivístico mediante la emisión de un marco normativo específico, se abre una oportunidad para modernizar los sistemas de gestión administrativa, reducir el tiempo real que se emplea enla atención de las solicitudes de información pública e, inclusive, para optimizar los recursos destinados a mantener actualizada la información pública de oficio a través de Internet.

A partir dela expedición de esta ley, las autoridades del DF deberán desarrollar estrategias que permitan enfrentar la obsolescencia de los instrumentos, métodos y sistemas de trabajo que comúnmente son empleados para el “almacenamiento de los documentos”, con el firme propósito de garantizar el uso correcto, integralidad, acceso y preservación de los archivos que corresponde a su que hacer cotidiano.

Por lo que respecta a la Ley de Protección de Datos Personales, debe subrayarse que los legisladores locales, con mayor amplitud, establecieron los principios, derechos y procedimientos necesarios para garantizar la tutela de los datos de caracter personal que se encuentren en poder de las autoridades del DF.

Asi, con la aprobación de esta ley, elderecho de protección de datos de los individuos adquiere una nueva concepción, pues de la visión que circunscribía el derecho a la mera protección de “información” en sí misma se estaría transitando a una noción del derecho entendido como la protección del “individuo” a quien le concierne determinada información, en virtud de quela Ley de Protección de Datos Personales amplía las garantías de las personas al ser reconocidos como derechos independientes: el acceso a los datos de carácter personal; la rectificación; la cancelación, cuando el tratamiento de los mismos no se ajuste a lo dispuesto por la norma, y la oposición, para el caso de que los datos hayan sido recabados sin el consentimiento de su titular.

Con la regulación de estos derechos -a los que la doctrina reconoce como derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición-, se otorga a los individuos la seguridad de que el tratamiento de sus datos siempre deberá llevarse a cabo con estricto apego a los principios de licitud y consentimiento. Esto significa que son los titulares los únicos que tienen derechoa decidirquién, cómo, cuándo y para qué se tratan los datos que les conciernen.

Para quela aplicación de una norma de esta índole sea eficaz, se requiere, por una parte, del esfuerzo de las autoridades responsables de adoptare instrumentarlas medidas técnicas yorganizativas que garanticen la seguridad de los datos y que eviten su alteración, pérdida o acceso no autorizado y, por la otra, del aprendizaje de los particulares respecto del ejercicio de los derechos que tutela, así como de la asimilación de su utilidad para fines estadísticos, científicos o por razones de interés general, siempre que no puedan asociarse con los individuos a los que se refieran.

La aprobación de la Ley de Protección de Datos Personales del DF, sin duda, representa un avance fundamental para la construcción del entramado jurídico e institucional que tutela el derecho fundamental a la proteccion de datos de los individuos en posesión de las autoridades. Sin embargo, aun falta camino por recorrer, pues si bien existen algunas iniciativas de reforma constitucional que pretenden otorgara! Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares, la necesidad de establecer límites al creciente uso y abuso derivado del desarrollo de actividades comerciales y publicitarias sigue siendo una tarea pendiente que trasciende al ambito local.

La política de transparencia no se agota con el fortalecimiento del derecho de acceso a la información, pero, sin duda, la aprobación de las legislaciones específicas en materia de archivosyde protección de datos personales en el DF contribuirá a mejorar la calidad de la gestión pública y la rendición de cuentas, ambos elementos fundamentales para la construcción de una nueva relación entre gobierno y Sociedad.

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