El canto del cisne de la SCJN

A punto de fenecer el Poder Judicial como poder independiente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación parece entonar un postrer canto de cisne si pone límites a la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO), arbitraria disposición que mantiene en la cárcel a decenas de miles de personas sin que sobre ellas pese una sentencia inculpatoria. De aprobar el proyecto elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, la SCJN actuará por última vez, durante mucho tiempo, como un tribunal constitucional garante de los principios de presunción de inocencia y del derecho al debido proceso.

El canto del cisne es un pasaje surgido de la mitología griega retomado por Esopo, Esquilo y Platón. Se refiere a la creencia de que los cisnes entonan las más bellas, suaves y armoniosas tonadas en la cercanía de su propia muerte. En la cultura mundial, se proyectó hasta nuestros días como una metáfora del carácter trascendente de las últimas acciones.

A resultas de la reforma judicial de AMLO, el Poder Judicial está ante la inminencia de su defunción como poder independiente. Con la imposición del monopolio político salen sobrando la independencia judicial, lo mismo que la función de garantizar la vigencia de la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos. En su lugar, el grupo en el poder impondrá un sistema de justicia que será instrumento de su dominación política, integrado por ministros, magistrados y jueces sujetos a designios políticos y dedicados a justificar y legalizar las arbitrariedades, imposiciones y ocurrencias del gobierno.

El sistema violatorio de los derechos humanos en materia penal inició en los gobiernos posrevolucionarios, continuó en los tiempos neoliberales y persiste en los sexenios de López Obrador y Sheinbaum. Desde 1917, la Constitución permitía la prisión preventiva cuando los delitos de que se acusaba a una persona merecieran pena privativa de la libertad, lo que desde entonces ha ocasionado que basta la acusación para encarcelar personas, sean culpables o inocentes. En los tiempos de Felipe Calderón como presidente, la reforma de 2008 supuestamente instaló la presunción de inocencia, pero persistió la arbitrariedad al establecerse la Prisión Preventiva Oficiosa cuando la acusación tenía qué ver con 6 delitos: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves. López Obrador continuó con el esquema calderonista y amplió esa lista con 11 delitos más, camino en el que persiste Sheinbaum al ampliar el catálogo hasta alcanzar los 23.

El argumento que esgrimen tanto los calderonistas como los de la 4T ha sido el combate a la violencia, la impunidad y la inseguridad. Sin embargo, la incidencia delictiva siguió al alza toda la década anterior y durante la actual, lo mismo que la violencia y la falta de seguridad pública. Extensas regiones del país y rutas carreteras se encuentran bajo dominio de carteles del crimen organizado, que han diversificado sus actividades: ahora no solo trafican drogas, sino que también secuestran, extorsionan, recaudan impuestos (cobro de piso) y peajes. La PPO no sirve para contener a la delincuencia, pero sí para encarcelar personas sin sentencia.

El proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat elimina el carácter automático de la PPO. Basada en una interpretación conforme a las garantías de presunción de inocencia y derecho al debido proceso, el proyecto está listado para su votación el 24 de junio. Establece que los jueces deberán tomar en cuenta tres condiciones para dictar la prisión preventiva oficiosa: 1) que otras medidas cautelares no sean suficientes para asegurar que el acusado comparezca en el juicio, 2) que la investigación pueda seguir su curso y 3)  que la víctima y los testigos estén protegidos. De aprobarse, el proyecto de la ministra será un auténtico canto del cisne de una judicatura en agonía.

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