sábado 18 mayo 2024

El INAI desmiente a AMLO y a Romero Oropeza por datos de Casar

por etcétera

Los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) desmintieron las tergiversaciones del presidente Andrés Manuel López Obrador y Octavio Romero Oropeza para justificar la divulgación de los datos personales de María Amparo Casar y su familia. La investigación sobre esa violación a la ley está abierta y continúa, independientemente de la denuncia sobre presunta corrupción.

En su conferencia de prensa de este lunes, el mandatario continuó su tarascada contra Casar por su pensión de viudez, y ahora enfocó sus baterías contra un importante grupo de intelectuales que publicaron un desplegado a favor de la presidenta de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, de quienes dijo: “Fíjense, en vez de meterse al fondo, si hubo o no hubo corrupción, si hay o no hay corrupción, recurren al instituto de la transparencia, que es hechura de ellos, para decir: ‘Se violó la privacidad’, como si es válida la corrupción, siempre y cuando se mantenga en secreto”.

Continuó, en un tono hasta burlón: “Hay que tener cuidado porque, si se da a conocer, se puede cometer el delito, el grave delito de que se viola la privacidad. Imagínense cuánto hubiese yo cobrado por daños causados a mi persona por calumnias, y aquí de lo que se trata es de un asunto público, completamente”.

Según el tabasqueño, es importante que se sepa sobre el asunto (que apenas se va a litigar) y debatir “cuáles son los límites que se tienen, a saber cómo funcionaba la corrupción para prevenir, para que en las futuras generaciones no engañan, no manipulen y aprendamos todos, todos, todos, a leer los periódicos, a escuchar la radio, a ver la televisión, a no estarle creyendo a ciegas a cualquier comentarista, a cualquier periodista famoso, articulista”.

El tabasqueño hasta dijo que “crearon el instituto en contra mía”, y acusó al INAI de hacer un “papelón” por investigar de oficio “si no violamos la ley porque se dieron a conocer pruebas que tienen que ver con datos personales. El instituto de la transparencia, que nos cuesta a los mexicanos mil millones de pesos al año, al servicio de ellos”.

El director de Pemex, Octavio Romero Oropeza, también volvió a la carga, y dijo que los  “conservadores” alegaron que se habían violado los derechos de la familia porque el caso de Casar se había dado a conocer (erigiéndose en juez, por sí y ante sí determinó que se trata de “corrupción”; sin embargo, al mismo tiempo dijo que apenas se presentó la denuncia correspondiente y que empezará la investigación respectiva. Pero él ya concluyó el caso sin haber pasado esas etapas legales).

Después, Romero Oropeza leyó una resolución del INAI sobre publicación de carpetas de investigación de la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción, en la que el instituto afirma que “no puede reservarse información relacionada con actos de corrupción porque, de acuerdo con información periodística o declaraciones de autoridades distintas a la ministerial, los asuntos se relacionan con actos de corrupción”.

Romero Oropeza tergiversó el documento del INAI y, según él, el instituto resolvió “que toda la información relacionada con un acto de corrupción no puede ser clasificada”.

Por la tarde, el INAI dio una conferencia de prensa por los ocho años de la Plataforma Nacional de Transparencia, en los que los comisionados fueron cuestionados sobre la revelación de los datos personales de la familia de Casar por parte del Gobierno de México, por lo que procedieron a desmentir y a aclarar lo que dijeron López Obrador y Romero Oropeza por la mañana.

Adrián Alcalá, comisionado presidente del instituto, dijo que iniciaron la investigación respectiva porque existen elementos suficientes con la publicación de los datos en el sitio del Gobierno de México. Se refirió directamente al señalamiento que hizo por la mañana Romero Oropeza: “No es que el INAI se esté contradiciendo con sus resoluciones: hay un artículo en la propia Ley Federal de Transparencia, en la Ley General, que establece que no se considerará información reservada la que tenga relación con actos de corrupción. En principio, toda esa información es pública; sin embargo, también hay que proteger datos personales o información confidencial”.

Agregó: “Nosotros lo que hacemos es en el procedimiento de un recurso de revisión es cuando nosotros determinamos, a través de una prueba de interés público, cuándo prevalece el interés público en conocer y que esos datos confidenciales venzan el interés público o, en el caso particular, se mantenga la confidencialidad. Pero eso lo hacemos nosotros únicamente cuando estamos analizando un recurso de revisión. No nos estamos contradiciendo”. Aclaró que eso no significa que un funcionario pueda revelar datos personales sin el consentimiento del titular.

El comisionado presidente explicó que aunque la información vinculada con casos de corrupción en principio es pública, “también hay deberes y principios que se deben de mantener, como son la información confidencial. En ese sentido, no es que riña uno con otro, que nosotros con abrir esta investigación de oficio estemos riñendo o contradiciéndonos con nuestra resolución. La única forma en la que se puede ponderar un derecho, un dato personal que también es un derecho fundamental versus este tema de corrupción, es la potestad que ejercemos nosotros como organismos garantes cuando estamos analizando un caso en particular es que aplicamos una prueba de interés público. No es tergiversar, y queremos ser muy claros (…) no riñe iniciar un procedimiento de investigación por violación a datos personales por no tener el consentimiento de los titulares versus esta información”.

Posteriormente, Alcalá dijo que el INAI es el que debe determinar si se puede divulgar información relacionada con un caso, y en el de Casar no ocurrió así.

A su vez, la comisionada Norma Julieta del Río expresó sobre la ignorancia del mandatario sobre estos temas: “Creo que hay mucha desinformación alrededor del presidente; a mí me extraña que el secretario de la Función Pública, que entiende estos temas, no le explique al presidente que, en efecto, son dos cosas totalmente diferentes. No se vale en este país que si opinas diferente tengas una persecución”.

También aclaró que un asunto es una denuncia de carácter civil o penal, y otra la exposición de datos personales, que sí es trabajo del INAI. Y remató que la violación a las leyes cometida por el Gobierno de México “existió y es muy grave. Y lo más grave es que ya se esté haciendo de manera común”.

En su turno, la comisionada Josefina Román explicó que iniciaron la investigación aun sin recibir denuncia porque se dieron cuenta de que existe una violación a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y que es a un  derecho humano reconocido en la Constitución, que “permite sólo al titular decidir lo que denominamos autodeterminación informativa. Si no se tiene consentimiento, no se puede revelar información confidencial”.

Román hizo la distinción entre los dos asuntos del caso: “Por actos de corrupción podemos superar la reserva de información pública, pero los datos personales son clasificados como confidencialidad, no reserva. Entonces, aun en un procedimiento que involucre eventualmente actos de corrupción, podría superarse la reserva de información pública, pero no así los datos personales (que, además, no fue de una persona). Entonces hemos iniciado el procedimiento de investigación”.

Finalmente, la comisionada destacó que no han recibido ninguna denuncia por el asunto de Casar ni tampoco han establecido comunicación con personas e instituciones relacionadas con el caso.

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